- Estructura general del sistema fiscal
- Sistema impositivo (estatal, regional y local)
- Resumen de la imposición sobre la renta de las personas físicas
- Resumen de la imposición sobre sociedades
- Resumen de la imposición sobre la el patrimonio
- Resumen de la imposición sobre el consumo
- Otros impuestos y tasas
- Tratamiento fiscal de la inversión extranjera
Régimen fiscal
El sistema fiscal de Angola está alineado con el modelo dominante en el sur de África, en términos de tasas aplicadas. Los principales impuestos de Angola, con exclusión de la tributación específica, los sectores del petróleo y los diamantes, son los siguientes:
- Impuesto sobre la renta de sociedades;
- IRT (Impuesto sobre las rentas del trabajo);
- Impuestos sobre ganancias de capital (intereses y dividendos);
- Impuesto sobre el consumo;
- Impuesto sobre el valor añadido (el IVA se empezó a recaudar el 1 de octubre del 2019)
- Otros: Impuesto de transferencia de bienes a título oneroso; Impuesto sobre sucesiones y donaciones, etc.
El sistema impositivo es estatal por lo que, independientemente de la provincia de residencia, se aplican los mismos gravámenes. Sin embargo, hay tasas y contribuciones locales.
Sobre el impuesto de la renta, a diferencia de la legislación española, el concepto de residencia no se encuentra definido en la legislación fiscal angoleña.
Este impuesto, aplicable a personas físicas, grava la renta del trabajo realizado por cuenta propia o ajena. El tipo es progresivo hasta un marginal del 17%. Las retribuciones derivadas de bajas por enfermedad, indemnizaciones por despido, vacaciones y pagas extraordinarias están exentas del impuesto de rendimientos del trabajo.
La aplicación del impuesto de sociedades varía en función de si se aplica a empresas de actividad agraria, industrial o contratos de obras y servicios. La Ley nº 19/14 del 22 de octubre ha supuesto una actualización de los impuestos, siendo el esquema general el siguiente:
IMPUESTO INDUSTRIAL (rentas de la empresa)
Grava todos los ingresos generados por las empresas angoleñas o sucursales de empresas extranjeras debido a sus actividades en Angola.
El tipo general de gravamen es del 30%; la agricultura, la silvicultura y la ganadería están sujetos a un tipo reducido del 15%.
La nueva ley ha significado unas reducciones de la tasa del Impuesto Industrial del 35% al 30% y del 20% al 15%. Esta reducción es, en cierta medida, balanceado con una ampliación de la base imponible, mayor restricción en la deducibilidad de costes e incremento de las tasas de retención en la fuente (del 3,5% y del 5,25% al 6,5%) (Deloitte).
IMPUESTO INDUSTRIAL (contratos de obras y servicios)
Tributación hecha bajo el impuesto industrial.
Personas o empresas que desarrollan, ya sea con carácter permanente u ocasional, actividades en Angola, sujetos a retención en la fuente.
Tipo del 20% sobre el valor de la construcción, mejoramiento, reconstrucción, reparación y mantenimiento de contrato de bienes raíces; tipo del 15% sobre el valor de los demás contratos de servicios.
APLICACIÓN DEL IMPUESTO DE CAPITAL
Los beneficios distribuidos a los accionistas de las empresas están sujetas a un tipo del 10%.
Imposición sobre el valor añadido
El IVA entró en vigencia en octubre de 2019 con 1922 contribuyentes inscritos. El régimen transitorio finalizará en enero de 2021, sometiendo a todos los contribuyentes al IVA. El tipo de gravamen es del 14% Relacionado con el aumento de los precios reduce el poder adquisitivo de la población dependiente de las importaciones.
Según la modificación al Reglamento de Impuestos de Consumo (Decreto Legislativo Presidencial n.º 3-A/14), realizada en octubre de 2014, las tasas al consumo quedan de la siguiente manera:
Concepto | Tipo (%) |
Tipo General | 10 |
Alquiler de vehículos | 5 |
Distribución de máquinas u otros equipamientos | 5 |
Alquiler de áreas preparadas para eventos | 5 |
Servicios de turismo y viajes promovidos por agencias de viajes u operadores turísticos | 5 |
Servicios de telecomunicaciones | 5 |
Consumo de agua o energía | 5 |
Áreas para recogida o estacionamiento de vehículos | 5 |
Servicios de consultoría, sea fiscal, financiera, contabilística, informática, ... | 5 |
Servicios fotográficos de revelado, tratamiento de imágenes o informáticos | 5 |
Servicios portuarios o aeroportuarios y de despachantes | 5 |
Servicios de seguridad privada | 5 |
Servicios de gestión de habitaciones, dormitorios, inmuebles y puestos de venta | 5 |
Acceso a eventos culturales, deportivos o artísticos | 5 |
Actos relacionados con transporte ferroviario, por carretera y aéreo. | 5 |
También existen impuestos sobre:
- Predios urbanos: Según la Ley n.º 18/11, de 21 de abril.
- Sucesiones y donaciones: Regulado por el Decreto Legislativo n° 230 de 18 de Julho de 1931, y modificado por la Ley 15/92, de 3 de junio.
- Transmisiones inmobiliarias (SISA), regulado en el Diploma Legislativo nº230. Modificaciones con la Ley nº 16/11 del 2 de abril: Es del 2% del valor de la transmisión.
- Documental: Regulado por varios Decretos Legislativos. Algunos ejemplos son: documento de capital social (aumento) 0,5%, de alquileres de local residencial o comercial 0,7%, de contrato de venta 0,5%, de reconocimiento de deuda 3% por cada 100 páginas, de liquidación de sociedades 0,5%, de aval bancario 0,5%, de donación 0,4%, de aval 0,3%, de dividendos 1%, ...
Y tasas:
- Principalmente, la de circulación. (dependiente de la cilindrada).
- 'Contribución especial' del 10% a transferencias de divisas al exterior en contratos de prestación de servicios de gestión o de asistencia técnica extranjera.
Tasa complementaria a impuesto sobre capitales:
Los beneficios obtenidos o dividendos generados por las inversiones extranjeras que sobrepasen el valor de los “fondos propios” serán objeto de un complemento fiscal extraordinario:
- 15% cuando el valor exceda hasta el 20%.
- 30% cuando el valor exceda del 20% hasta el 50%.
- 50% cuando el valor exceda del 50%.
La tasa adicional no se aplicará sobre los beneficios o dividendos reinvertidos en Angola.