Page 121 - Guía Legal de compliance Colombia
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 Típicamente la Comisión Nacional de Competencia (“CNC”) o la Comisión Europea (dependiendo del ámbito geográfico de los efectos de la conduc- ta) son las autoridades que pueden imponer sanciones a los infractores del régimen de libre competencia. Las sanciones económicas pueden llegar a alcanzar el 10% del volumen total de negocios de la empresa infractora.
La normativa colombiana prohíbe de manera general cualquier conducta que restrinja de forma indebida la competencia en el mercado. Para estos propósi- tos, además de esta prohibición general, la normativa colombiana establece un listado de conductas, no exhaustivo, que se consideran ilegales de manera ab- soluta, así como ciertos actos que constituyen abuso de la posición de dominio, tal como se describe a grandes rasgos a continuación:
Prohibición general
La normativa colombiana contiene una prohibición general, según la cual se considera ilegal cualquier práctica, acuerdo o convenio que (i) directa o indirec- tamente tengan por objeto limitar la producción, abastecimiento, distribución o consumo de materias primas, productos, mercancías o servicios nacionales o extranjeros; (ii) tienda a limitar la libre competencia; o (iii) tienda a mantener o determinar precios inequitativos.
La finalidad de esta norma es prohibir aquellas conductas o prácticas que a pe- sar de no estar tipificadas de forma expresa en la ley, por su naturaleza, objeto, características, y el contexto en el que se realizan, entre otras, tienden a limitar o afectan la libre competencia.
A modo de ejemplo, bajo ciertas circunstancias el intercambio de información comercialmente sensible entre competidores, a pesar de no estar tipificada en la legislación colombiana, podría resultar anticompetitivos y, por lo tanto, consti- tuir una violación de la prohibición general.
Acuerdos restrictivos de la competencia
Bajo la normativa colombiana de competencia se entiende por acuerdo todo contrato, convenio, concertación, practica concertada o conscientemente pa- ralela entre dos o más empresas. El catálogo de acuerdos restrictivos que se consideran ilegales de manera absoluta incluye aquellos que tengan por objeto o como efecto:
La fijación directa o indirecta de precios;
Determinar las condiciones de venta o comercialización discriminatoria para con terceros;
La repartición de mercados entre productores o entre distribuidores; La asignación de cuotas de producción o de suministro;
La asignación, repartición o limitación de fuentes de abastecimiento de insumos productivos;
La limitación a los desarrollos técnicos;
8. Compliance de derecho de la competencia 121





















































































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