Page 120 - Guía Legal de compliance Colombia
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 120 8. Compliance de derecho de la competencia
Prácticas restrictivas de la competencia
El derecho de la competencia busca proteger la libre competencia en los merca- dos y el interés de los consumidores, mediante la prohibición de conductas que tienden a distorsionar artificialmente la estructura del mercado impidiendo su desarrollo en un entorno competitivo libre y natural. Lo que se busca, por medio del derecho de la competencia, es que (i) el mercado se comporte de la manera más libre y eficiente posible, (ii) se regule la concentración de poder económico en beneficio de la competencia y (iii) se proteja el bienestar del consumidor.
Resumen de la normativa española en materia de prácticas restrictivas de la competencia
En España la normativa de defensa de la competencia está compuesta prin- cipalmente por las siguientes normas: (i) Ley 15/2007 de Defensa de la Com- petencia (“LDC”) especialmente los artículos 1 y 2; y (ii) el Tratado de Funcio- namiento de la Unión Europea (“TFUE”) en sus artículos 101 y 102 prohíbe esencialmente las mismas conductas que los artículos 1 y 2 de la LDC cuando son susceptibles de afectar al comercio intracomunitario.
La LDC prohíbe:
los acuerdos, decisiones o recomendaciones colectivas, o prácticas concer- tadas o conscientemente paralelas como por ejemplo, la fijación, de forma directa o indirecta, de precios o de otras condiciones comerciales o de ser- vicio; la limitación o el control de la producción, la distribución, el desarrollo técnico o las inversiones; el reparto del mercado o de las fuentes de apro- visionamiento; la aplicación, en las relaciones comerciales o de servicio, de condiciones desiguales para prestaciones equivalentes que coloquen a unos competidores en situación desventajosa frente a otros; o la subordinación de la celebración de contratos a la aceptación de prestaciones suplementarias que, por su naturaleza o con arreglo a los usos de comercio, no guarden relación con el objeto de tales contratos; y
los abusos de posición dominante, entre ellos la imposición, de forma di- recta o indirecta, de precios u otras condiciones comerciales o de servicios no equitativos; la limitación de la producción, la distribución o el desarrollo técnico en perjuicio injustificado de las empresas o de los consumidores; la negativa injustificada a satisfacer las demandas de compra de productos o de prestación de servicios; la aplicación, en las relaciones comerciales o de servicios, de condiciones desiguales para prestaciones equivalentes, que coloquen a unos competidores en situación desventajosa frente a otros, o la subordinación de la celebración de contratos a la aceptación de presta- ciones suplementarias que, por su naturaleza o con arreglo a los usos de comercio, no guarden relación con el objeto de dichos contratos.



























































































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