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Objetivo temático 1: Refuerzo de la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación
Se incluirán los siguientes:
El objetivo de esta actuación es contribuir al posicionamiento de España como una economía internacionalizada, innovadora y competitiva, estimulando además la colaboración con el tejido empresarial, especialmente PYME, en los entornos locales y regionales en los que se ubiquen las empresas internacionales, contribuyendo a la generación de empleo y a la a internacionalización del conjunto del tejido empresarial.
Objetivo temático 3: Mejora de la Competitividad de las PYMES
Se incluirán actuaciones dirigidas a la identificación de oportunidades para las empresas, bien a través de sistemas de ayudas directas a empresas, bien a través de la prestación de servicios ICEX a empresas. Entre estas actuaciones mencionar las siguientes:
Las empresas beneficiarias de una ayuda ICEX cofinanciada con fondos FEDER, a través de la aceptación de la misma, dieron su conformidad a la publicación del siguiente texto en la web de este organismo:
Soy conocedor de que la actuación por la que he recibido ayuda está cofinanciada con fondos europeos y me comprometo a indicarlo así siempre que deba hacer referencia a la misma, frente a terceros o a la propia ciudadanía. Por la importancia que considero tienen este tipo de ayudas para nuestra empresa, es por ello que valoro muy positivamente la contribución del FEDER, principal fondo de la política de cohesión europea, por lo que supone de impulso a nuestro trabajo y en consecuencia al crecimiento económico y la creación de empleo de esta región y de España en su conjunto.
Toda la información relativa a la participación de España en los Fondos FEDER, así como la normativa aplicable y la lista global de beneficiarios está disponible aquí.
La normativa comunitaria establece que cada Estado miembro deberá crear un comité de seguimiento, de conformidad con su marco institucional, jurídico y financiero, que será el encargado de hacer el seguimiento de la ejecución del programa, de acuerdo con la autoridad de gestión. Esta es la relación de miembros del comité de seguimiento:
Comité de seguimiento |
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Presidencia |
Dirección General de Fondos Comunitarios del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. |
Secretaría |
Subdirección General de Gestión del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, como Autoridad de Gestión del Programa Operativo. |
Subdirección General de Gestión del FEDER |
Un representante de la Subdirección General de Gestión del FEDER del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas por cada uno de los Objetivos Temáticos del Programa Operativo, como Autoridad de Gestión. |
Organismos intermedios del Plan Operativo Plurirregional |
Una representación de cada uno de los organismos intermedios del Plan Operativo Plurirregional:
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La normativa comunitaria establece una serie de requisitos en esta materia, mediante los cuales el Estado miembro dará a conocer las operaciones y los programas objeto de cofinanciación y facilitará información al respecto. Dicha información irá dirigida a los ciudadanos de la Unión Europea y a los beneficiarios con la finalidad de destacar el papel desempeñado por la Comunidad y garantizar la transparencia de la ayuda procedente de los Fondos.
Asimismo en materia de información y comunicación, dicha normativa establece también unas responsabilidades y obligaciones para las empresas beneficiarias de una ayuda, definida esta como aquella concesión directa de ayuda dineraria sin contraprestación, que afecta fundamentalmente a las Ferias de Participación Agrupada, Programas de Empresa y ayudas de Planes Sectoriales. Estos instrumentos deberán observar y tener según lo siguiente:
Responsabilidades de comunicación para empresas beneficiarias
La aceptación de la ayuda supone la aceptación a que la información relativa a la empresa y a la actividad cofinanciada, se haga pública en una lista de operaciones de conformidad con los reglamentos comunitarios y que publica la Dirección General de Fondos Comunitarios en su página web.
En lo que respecta a la disponibilidad y conservación de los documentos justificativos, deberán tener en cuenta lo contenido en el artículo 82 del Reglamento (UE) 2021/1060.
En lo que respecta a la contabilización de las operaciones, deberán tener en cuenta lo contenido en el artículo 74 – 1.a) del Reglamento (UE) 2021/1060.
Llevar a cabo y justificar con soporte adecuado, las siguientes medidas de información y comunicación: