Omán anuncia el desarrollo reglamentario de la Ley de Inversión Extranjera

31/05/2020 Times of Oman

Dr Ali bin Masoud bin Ali Al Sunaidi, Ministro de Comercio e Industria, ha anunciado el desarrollo reglamentario de la Ley de Inversión Extranjera (Foreign Investment Law), que entró en vigor en enero de 2020 por el Real Decreto Nº 50/2019.

Según Mohammed bin Rashid bin Muhammad Al Badi, director del departamento legal del Ministerio de Comercio e Industria, “la modificación de la ley de capital extranjero crea un clima atractivo para la inversión. Además, proporciona las condiciones óptimas para la inversión en Omán, ya que se detallan los procedimientos para registrar empresas e instituciones extranjeras, así como los términos y condiciones, plazos de aprobación, permisos y licencias necesarios para los proyectos de inversión en el Sultanato.”
 
El Artículo 2 de la ley estipula que la autoridad competente tendrá un registro donde figuren todos los proyectos de inversión; con sus aprobaciones, permisos y licencias correspondientes, que contendrá los nombres y nacionalidades de los inversores, el coste del proyecto y las fuentes de financiación utilizadas, beneficios e incentivos de los que disfruta, sanciones, así como otros datos e información de interés. La autoridad competente actualizará el registro siempre que sea necesario y, al menos una vez al año. El Centro de Servicios para la Inversión del Ministerio de Comercio e Industria ofrecerá sus servicios de manera electrónica, permitiendo que a través de una aplicación se pueda acceder de manera segura a toda la información, trámites, aprobaciones y formularios necesarios.

El Artículo 7 permite que un inversor extranjero pueda personarse él mismo o a través de una tercera persona en las entidades competentes (banco u oficinas reglamentarias), para realizar cualquier consulta o trámite relacionado con la inversión y se le deberá informar en qué situación se encuentra su solicitud. El proceso finalizará con la emisión de un certificado válido por seis meses que se debe presentar ante la autoridad competente. Ésta dispondrá de un periodo de 10 días para objetar o solicitar subsanaciones. Las oficinas estarán habilitadas por la autoridad competente y podrán presentar las aplicaciones en nombre del inversor extranjero.

El Artículo 8 determina la información necesaria sobre los inversores extranjeros y se presentará de manera telemática:

Nombre del inversor.
Nacionalidad.
Lugar de residencia.
Datos bancarios.
Tipo de actividad.
Experiencia previa.
Número de trabajadores estimado.
Fecha de inicio y calendario de ejecución.
Estudio de viabilidad financiera.
Certificado de aprobación emitido por un agente de control.
Cualquier otra información solicitada por la autoridad competente.

El Artículo 9 establece los términos y condiciones, los procedimientos y los plazos para la emisión de las licencias de los proyectos de inversión. También están disponibles a través del sistema electrónico Invest Easy y en la guía de inversiones que establece la orden ministerial.

El Artículo 11 regula los plazos de decisión sobre las solicitudes de permisos y licencias.  Tras su presentación, las autoridades tendrán 14 días para tomar una decisión. Pasado este periodo, si la solicitud no ha recibido respuesta, se entenderá como aprobada. El rechazo deberá justificarse. La licencia de inversión deberá emitirse en los 3 días siguientes a la aceptación y será presentada para aprobación al Consejo de Ministros.

En caso de aprobación, el inversor extranjero quedará autorizado a establecerse, operar y gestionar el proyecto de inversión, que deberá tener un carácter estratégico y ayudar al desarrollo económico en el sector de utilities públicas, infraestructuras, energías renovables, carreteras, transporte o puertos. 

Algunas de las condiciones necesarias son:

Inversiones mayores de 10 millones de riales omanís.
Contar con procesos y aportación tecnológica innovadora.
Proporcionar un 10% de los trabajos externalizados a pequeñas y medianas empresas locales.
Asegurar que el 10% de los productos necesarios para el proyecto sean de origen omaní.

El Consejo de Ministros dará preferencia a proyectos de inversión en gobernaciones menos desarrolladas y concederá beneficios como: exención de alquileres o cesión de derechos sobre el uso de tierras e inmuebles durante un periodo máximo de 5 años, exención de aplicación de la ley de omanización durante 2 años o del pago de impuestos, y otras ventajas también dependiendo de la cuantía de capital extranjero que se reciba para su ejecución, de acuerdo con las normas establecidas por el Banco Central de Omán, en coordinación con las autoridades competentes.

Para poder acogerse a estos beneficios los productos del proyecto deben ser al menos un 40% omanís, se debe exportar al menos un 30% de la producción, ayudando a la transferencia de conocimiento y experiencia. Según Al Badi, también se podrá aplicar a cada caso concreto, una exención en el pago de aranceles aduaneros y no aduaneros, sin perjuicio de las disposiciones de la Ley Aduanera Común para los estados del Consejo de Cooperación del Golfo (CCG).
 
La asignación de tierras y bienes inmuebles necesarios se realizará mediante un contrato de arrendamiento a largo plazo o mediante la concesión del derecho de uso. La solicitud se presentará a la autoridad competente mediante un formulario acompañado de los documentos e información pertinente y debe indicar el propósito del uso del terreno o inmuebles, el espacio requerido y la ubicación propuesta. La respuesta debe ser emitida en 20 días, en caso de no recibir respuesta se considerará rechazada, debiéndose justificar.  En caso de aceptación el tiempo de arrendamiento será mínimo de 50 años con posibilidad de renovación. El contrato de arrendamiento no podrá rescindirse a menos que la autoridad competente lo apruebe.
En el Artículo 35 se regula la normativa sobre inspecciones y procedimientos de supervisión de los proyectos. Los inspectores de la autoridad competentes deben emitir un informe, al menos cada seis meses, detallando el avance en el cumplimiento de las condiciones del proyecto como, por ejemplo, cronograma de ejecución del proyecto, estudio de viabilidad económica, requisitos de protección ambiental, ética laboral y mantenimiento de las normas generales de salud y seguridad.
 
Los representantes de la autoridad competente podrán acceder a la sede y a cualesquiera de las instalaciones del proyecto. Además, tendrán derecho a inspeccionar registros, libros, documentos y sistemas informáticos.
 
Para poder cumplir con los objetivos de inspección y supervisión, el inversor extranjero debe proporcionar un informe anual dentro de los 60 días posteriores al final del año fiscal, incluyendo una copia auditada de los estados financieros del año fiscal finalizado. Este también debe incluir una descripción de los procedimientos que se han implementado en el proyecto según el cronograma establecido, los avances obtenidos durante el año, y una relación del número de trabajadores, tareas que desempeñan y nacionalidades, así como cualquier otra información relevante.
 
El Artículo 39 regula las sanciones administrativas por el incumplimiento del proyecto planificado. Se establece así un periodo de 30 días tras la notificación para su corrección, que puede ser extendido. En caso de que no se corrija, se podrá suspender la licencia hasta 6 meses, pudiendo llegar a la pérdida de la licencia en caso de que la corrección requerida no se produzca en este periodo.
 
La licencia de inversión se cancelará cuando la entidad jurídica deje de existir o permanezca inactiva durante más de dos años a partir de la fecha de su establecimiento. 

Además, se establecerá un procedimiento por el cual el inversor extranjero puede presentar sus reclamaciones al Comité de Quejas sobre las decisiones emitidas por las autoridades competentes, según lo estipulado en el Artículo 30 de la Ley.