TRÁMITES TRIBUTARIOS/ADUANEROS


Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias

El capítulo III del Título X (Gestión del Impuesto) del Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, regula la “Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias”.

Están obligados a presentar la Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias los empresarios y profesionales que realicen cualquiera de las siguientes operaciones: 

a) Las entregas de bienes destinados a otro Estado miembro que se encuentren exentas en virtud de lo dispuesto en los apartados uno, dos y tres del artículo 25 de la Ley del Impuesto.

b) Las adquisiciones intracomunitarias de bienes sujetas al Impuesto realizadas por personas o entidades identificadas a efectos del mismo en el territorio de aplicación del Impuesto.

c) Las prestaciones intracomunitarias de servicios, en las condiciones previstas en el artículo 79 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido.

d) Las adquisiciones intracomunitarias de servicios, en las condiciones previstas en el artículo 79 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido.

e) Las entregas subsiguientes a las adquisiciones intracomunitarias de bienes a que se refiere el apartado tres del artículo 26 de la Ley del Impuesto, realizadas en otro Estado miembro utilizando un número de identificación a efectos de Impuesto sobre el Valor Añadido asignado por la Administración tributaria española.

La presentación de esta declaración se realiza mediante el modelo 349. En la siguiente orden se recoge información detallada acerca del modelo, de los obligados a presentar la declaración recapitulativa, del lugar y procedimiento de presentación y de los plazos de presentación en función del importe total de las entregas de bienes y prestaciones de servicios. 

- Orden EHA/769/2010, de 18 de marzo, por la que se aprueba el modelo 349 de declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, así como los diseños físicos y lógicos y el lugar, forma y plazo de presentación, se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación telemática, y se modifica la Orden HAC/3625/2003, de 23 de diciembre, por la que se aprueban el modelo 309 de declaración-liquidación no periódica del Impuesto sobre el Valor Añadido, y otras normas tributarias. (BOE, 29-marzo-2010) 

http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2010-5098

La Agencia Tributaria elabora regularmente “Instrucciones” para completar el modelo y una Nota informativa con los últimos cambios:

https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/GI28.shtml?faqId=d5ae3f82ed4d5710VgnVCM100000dc381e0aRCRD

Ruta: Información y gestiones >Declaraciones informativas IAE y otros impuestos >Declaraciones informativas>Modelos de declaraciones informativas> Modelo 349  

Más información / Tramitación:

Agencia Tributaria

https://sede.agenciatributaria.gob.es/ 

- Información Tributaria Básica: 901335533

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