TRÁMITES TRIBUTARIOS/ADUANEROS

 

Información Vinculante en Materia de Origen (IOV)

La Informaciones Vinculante en Materia de Origen (IVO) son decisiones por escrito adoptadas por las autoridades competentes en las que se especifica el origen de un producto y tienen además un valor vinculante para las autoridades de aduanas de todos los Estados miembros de la Unión Europea.

La solicitud y todos los documentos de acompañamiento o de apoyo se tienen que presentar por escrito a la autoridad aduanera competente del Estado miembro en el que esté establecido el solicitante, o a la autoridad aduanera competente del Estado miembro en el que vaya a usarse la información.

Una solicitud de decisión relativa a informaciones vinculantes en materia de origen (“decisión IVO”) solo podrá referirse a un tipo de mercancías y un conjunto de circunstancias para la determinación del origen. 

La normativa que regula este procedimiento es la siguiente:

  • Reglamento (UE) Nº 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 9 de octubre de 2013 por el que se establece el código aduanero de la Unión (CAU) - Artículos 33 y 34.
  • Reglamento Delegado (UE) 2015/2446 de la Comisión de 28 de julio de 2015 por el que se completa el Reglamento (UE) nº 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo con normas de desarrollo relativas a determinadas disposiciones del Código Aduanero de la Unión - Artículos 19 a 22.
  • Reglamento De Ejecución (UE) 2015/2447 de la Comisión de 24 de noviembre de 2015 por el que se establecen normas de desarrollo de determinadas disposiciones del Reglamento (UE) nº 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el Código Aduanero de la Unión - Artículos 16, 18, 19, 22 y 23 y ANEXO 12-02.

Textos completos disponibles aquí:

Código Aduanero y disposiciones de aplicación 

Tramitación:

Aduanas e Impuestos Especiales. Instrucciones solicitud informaciones vinculantes en materia de origen (IOV).

- Guía sobre IOV

Más información:

- Aduanas e Impuestos Especiales