Page 28 - Guía Legal de compliance Colombia
P. 28

 28 2. Responsabilidad penal de las personas jurídicas Definición:
Se llama como tercero civilmente responsable a la empresa o a otra per- sona, puesto que existe una presunción legal según la cual los daños que ocasionaron las personas a su cuidado le son imputables por no haber ejercido adecuadamente un control y vigilancia sobre aquellos, bien sea por mandato legal o vínculo contractual. En este sentido, se alude entonces a una responsabilidad indirecta5.
Alcance:
No es una parte interviniente en el proceso penal6, sino que su actuación se limita a participar en el incidente de reparación integral.
El incidente de reparación integral es un proceso que se inicia a petición de los interesados al finalizar las etapas procesales de investigación y juicio oral del proceso penal, una vez declarado penalmente responsable el individuo, puesto que el fallo emitido no contiene condena pecuniaria, en este sentido, el incidente tiene como fundamento determinar y precisar los aspectos civiles de la responsabilidad del acusado y de los terceros.
Cuando el tercero sea llamado al incidente de reparación, gozará de todas las garantías procesales, en especial aportar y controvertir pruebas para desvirtuar la presunción legal, rebatirá la existencia del daño causado, el monto del mismo, la calidad de víctima, e incluso, podrá llegar a una conci- liación con la víctima.
El tercero, podrá llamar en garantía a un asegurador.
Ahora bien, partiendo del entendimiento de esta figura en el proceso penal colombiano, es relevante efectuar una comparación con la legislación española con el fin de comprender los puntos de convergencia y la presencia de la figura en dicha legislación.
  5 Dicha responsabilidad emerge del artículo 2347 del Código Civil colombiano, el cual establece que “toda per- sona es responsable no sólo de sus propias acciones para el efecto de indemnizar el daño, sino del hecho de aquellos que estuvieren a su cuidado”. En tal sentido, se establece una forma de responsabilidad por el hecho ajeno, de carácter excepcional, basada en que se presume la culpa mediata o indirectamente responsable
6 Las partes intervinientes se concentran en (i) las víctimas, (ii) el imputado, (iii) el fiscal, (iv) el juez de conoci- miento, (v) el Ministerio Público, (vi) el juez de control de garantías y (vii) lo jurados. Establecida tal competencia, en los términos del Título IV del Libro I de la Ley 906 de 2004.

























































































   26   27   28   29   30