Page 26 - Guía Legal de compliance Colombia
P. 26

 26 2. Responsabilidad penal de las personas jurídicas
 Tema
Norma o Ley
España
Sanciones o penas
 Art. 33 Código Penal Español, Ley Orgánica 10/1995
 b) Disolución de la persona jurídica.
c) Suspensión de sus actividades por un plazo que no podrá exceder de cinco años.
d) Clausura de sus locales y estableci- mientos por un plazo que no podrá exce- der de cinco años.
e) Prohibición de realizar en el futuro las actividades en cuyo ejercicio se haya cometido, favorecido o encubierto el delito. (máximo 15 años)
g) Intervención judicial para salvaguardar los derechos de los trabajadores o de los acree- dores por el tiempo que se estime necesario, que no podrá exceder de cinco años.
Persecución de la perso- na jurídica cuando hay disolución o escisión
  Art. 130 No. 2
  La transformación, fusión, absorción o escisión de una persona jurídica no extingue su respon- sabilidad penal, que se trasladará a la entidad o entidades en que se transforme, quede fusio- nada o absorbida y se extenderá a la entidad o entidades que resulten de la escisión.
Extensión de la responsabi- lidad penal
   Art. 14 bis, Ley de enjuicia- miento Crimi- nal
  La ley se atenderá en todo caso a la pena le- galmente prevista para la persona física, aun cuando el procedimiento se dirija exclusiva- mente contra una persona jurídica.
  De acuerdo con la anterior tabla se puede determinar, que si bien la legislación colombiana no establece responsabilidad penal de las personas jurídicas y dista de esclarecer con el detalle de la Ley Orgánica 5a de 2010 española la responsabilidad de éstas; sí es un acercamiento hacia la asunción de específi- cos deberes de las personas jurídicas.
No obstante, la legislación colombiana segmenta cada una de las atribuciones establecidas en el Código Penal español de acuerdo con ciertos delitos: delitos contra la administración pública y contra el patrimonio del Estado, así como, algunos delitos patrimoniales, cuestión que dista en comparación con la legisla- ción española, donde la lista de conductas punibles es cada vez más amplia4.
Sin embargo, se pueden evidenciar grandes puntos de convergencia entre los dos países, lo que produce una gran ventaja al empresario español al estar familiarizado con las precedentes obligaciones.















































































   24   25   26   27   28