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01/07/2026 - 07/07/2026
La U.S. Customs and Border Protection (CBP) ha publicado dos nuevas normas mediante las que formaliza la eliminación permanente de la exención de minimis para los envíos de bajo valor, tanto postales como no postales.
Como consecuencia, los envíos de hasta 800 dólares continúan sujetos al despacho aduanero y al pago de los aranceles, impuestos y tasas que correspondan. La nueva regulación incorpora además requisitos específicos para los envíos postales, incluyendo un procedimiento de despacho informal para envíos de hasta 2.500 dólares, así como nuevas obligaciones en materia de información y garantías.
El Congreso de Estados Unidos aprobó la eliminación definitiva de la exención de minimis con efectos a partir del 1 de julio de 2027. No obstante, esta exención ya había quedado suspendida desde el 29 de agosto de 2025 mediante una Orden Ejecutiva dictada al amparo de la IEEPA. La CBP ha publicado ahora las normas que formalizan este régimen, manteniendo la situación que venía aplicándose desde esa fecha. El periodo de consulta pública permanecerá abierto hasta el 24 de julio de 2026.
Las empresas españolas que exporten productos a Estados Unidos mediante envíos de bajo valor deberán seguir considerando estos envíos sujetos al despacho aduanero y al pago de los aranceles, impuestos y tasas que resulten aplicables.
La U.S. Customs and Border Protection (CBP) ha puesto en marcha la Fase 2 del sistema CAPE (Consolidated Administration and Processing of Entries), ampliando las operaciones que pueden acogerse a las solicitudes de devolución de determinados aranceles aplicados al amparo de la IEEPA.
En esta nueva fase podrán incluirse en las declaraciones CAPE aquellas entradas sujetas a procedimientos de reconciliación cuya declaración de reconciliación aún no haya sido presentada, siempre que se trate de importaciones no liquidadas o dentro de los 80 días posteriores a su liquidación.
Las entradas ya incluidas en un proceso de reconciliación previamente presentado se incorporarán en una fase posterior del sistema. En este momento, la principal incertidumbre se mantiene en torno a las entradas ya liquidadas, a la espera de que la Corte de Apelaciones confirme la interpretación del Tribunal de Comercio Internacional sobre el alcance de las devoluciones.
Esta actualización resulta de interés para las empresas españolas que estén tramitando solicitudes de devolución de aranceles IEEPA, al ampliar las operaciones que pueden presentarse a través del sistema CAPE.