Menú
08/06/2026 - 13/06/2026
La Casa Blanca ha publicado una Orden Ejecutiva orientada a reforzar la aplicación de la normativa aduanera estadounidense y mejorar los mecanismos de control sobre las importaciones. Entre otras medidas, la iniciativa prevé endurecer los requisitos para que empresas extranjeras puedan actuar como Importer of Record (IOR), figura responsable ante la aduana estadounidense de la declaración de importación, el pago de aranceles y el cumplimiento de las obligaciones aduaneras.
La orden instruye al Departamento de Seguridad Nacional y a la U.S. Customs and Border Protection (CBP) para que desarrollen una nueva regulación que incremente los requisitos de garantía, transparencia y cumplimiento exigidos a los IOR extranjeros. Asimismo, contempla la prohibición de que estos operadores utilicen declaraciones informales de importación (informal entries), un procedimiento habitualmente empleado para envíos de menor valor y determinadas operaciones de comercio electrónico.
Entre las medidas previstas figuran nuevos requisitos de solvencia y presencia económica en Estados Unidos, mayores obligaciones de información sobre la estructura empresarial y los beneficiarios efectivos, así como controles reforzados sobre el historial de cumplimiento aduanero de los importadores y sus entidades vinculadas.
La Orden Ejecutiva no introduce cambios inmediatos. El Departamento de Seguridad Nacional dispone de un plazo de 180 días para desarrollar la normativa que concretará estas medidas y definirá sus condiciones de aplicación.
Para las empresas españolas, esta iniciativa puede resultar especialmente relevante cuando exportan a Estados Unidos asumiendo directamente las obligaciones de importación. Es el caso, por ejemplo, de determinadas operaciones realizadas bajo el Incoterm DDP (Delivered Duty Paid), en las que el vendedor se responsabiliza de la entrega de la mercancía en destino, incluidos los trámites aduaneros y el pago de los aranceles correspondientes.
La propia orden señala que los nuevos requisitos podrían dificultar que determinados exportadores extranjeros continúen actuando directamente como IOR y favorecer el recurso a filiales estadounidenses, distribuidores locales o importadores establecidos en EE. UU. para asumir esta función.