Menú
09/03/2026 - 13/03/2026
Tras el fallo del Tribunal Supremo que declaró que la International Emergency Economic Powers Act (IEEPA) no habilita al Presidente para imponer aranceles, el 4 de marzo de 2026 el Tribunal de Comercio Internacional de EE. UU. (Court of International Trade, CIT) ordenó a la U.S. Customs and Border Protection (CBP) liquidar todas las importaciones aún no liquidadas sin tener en cuenta los aranceles aplicados bajo dicha base legal.
Asimismo, el tribunal dispuso la reliquidación de aquellas importaciones ya liquidadas pero que aún no hayan adquirido carácter definitivo, medida que se aplicará con carácter general a todos importer of record (IoR) afectados por estos aranceles. Se entiende por IoR: la persona o entidad legalmente responsable de la mercancía en el momento de su entrada y despacho ante la aduana.
El 6 de marzo, la CBP informó que actualmente no dispone de capacidad técnica para procesar de inmediato los reembolsos correspondientes. No obstante, estima que en un plazo aproximado de 45 días podrá adaptar el sistema aduanero ACE para consolidar los pagos por el IoR y facilitar así el proceso de devolución. Una vez completada esta actualización, se prevé que el proceso de reembolso pueda prolongarse durante varios meses hasta su finalización.
Para las empresas españolas, esta decisión abre la posibilidad de que los IoR en EE. UU. puedan recuperar los aranceles pagados bajo el marco IEEPA, lo que podría modificar temporalmente los costes comerciales de determinados productos. No obstante, el calendario y el alcance final de las devoluciones dependerán del desarrollo del proceso administrativo y judicial, por lo que conviene seguir la evolución de este procedimiento en los próximos meses.
El 3 de marzo de 2026, la Oficina del Representante de Comercio de EE. UU. (USTR) publicó el 2026 Trade Policy Agenda and 2025 Annual Report, el informe anual que revisa la política comercial estadounidense, recoge los principales desarrollos y contenciosos comerciales del año anterior y establece las prioridades de la Administración para el ejercicio siguiente.
El documento reafirma el enfoque “America First” de la Administración Trump y su intención de consolidar las iniciativas puestas en marcha en 2025, incluidas las negociaciones comerciales bilaterales con distintos socios y las medidas destinadas a ampliar el acceso a mercados para las empresas estadounidenses. El informe también señala que los enfoques anteriores basados en grandes acuerdos multilaterales de libre comercio no lograron corregir los desequilibrios comerciales estructurales ni reducir la dependencia exterior de EE. UU. en determinados sectores considerados estratégicos.
De cara a 2026, la Agenda destaca como prioridad reforzar la producción nacional mediante una combinación de política arancelaria, instrumentos de defensa comercial y nuevos acuerdos bilaterales, con especial atención a sectores vinculados a la seguridad nacional, como metales, semiconductores, energía y productos farmacéuticos. Asimismo, se plantea reducir la dependencia exterior, reforzar la competitividad industrial y promover entre los socios comerciales una mayor aceptación de los principios de equilibrio y reciprocidad en las relaciones comerciales.
Para las empresas españolas, este documento permite anticipar la orientación general de la política comercial estadounidense en los próximos meses. La prioridad otorgada a sectores estratégicos y a la producción nacional sugiere que podrían mantenerse o ampliarse medidas comerciales destinadas a proteger determinadas industrias en EE. UU., así como intensificarse las negociaciones bilaterales con socios comerciales. Conviene seguir la evolución de estas iniciativas, especialmente en sectores industriales y tecnológicos donde operan empresas españolas o europeas.
El 11 de marzo de 2026, la Oficina del Representante de Comercio de Estados Unidos (USTR) anunció el inicio de una investigación en virtud de la Sección 301 de la Ley de Comercio de 1974 para analizar si determinadas políticas industriales de varios socios comerciales generan capacidad productiva excesiva en sectores manufactureros, afectando o restringiendo el comercio de EE. UU.
La investigación examinará si las políticas públicas o prácticas económicas de estos países están contribuyendo a una sobreproducción estructural en sectores industriales, lo que podría distorsionar los mercados internacionales o perjudicar a la industria estadounidense. Entre las economías objeto de investigación figuran China, la Unión Europea, Japón, India, Corea, Taiwán, Vietnam, Tailandia, Indonesia, Malasia, Camboya, Bangladesh, México, Singapur, Suiza y Noruega.
En el caso de la Unión Europea, el anuncio publicado en el Federal Register menciona la existencia de indicios de capacidad excedente en determinados sectores industriales, señalando el elevado superávit comercial de la UE en bienes a nivel global y su superávit bilateral con Estados Unidos en bienes y servicios.
El procedimiento prevé un período de consulta pública para que empresas y otras partes interesadas presenten comentarios. El plazo para enviar observaciones escritas o solicitar participar en la audiencia pública finaliza el 15 de abril de 2026, mientras que la audiencia está prevista para el 5 de mayo de 2026 ante la Comisión de Comercio Internacional de EE. UU. (ITC). Conforme a la normativa aplicable, el USTR dispone de hasta 12 meses para concluir la investigación, tras lo cual podría proponer medidas comerciales si determina que las prácticas investigadas afectan al comercio estadounidense.
Para las empresas españolas, esta investigación podría derivar en nuevas medidas comerciales por parte de EE. UU., incluidas posibles medidas arancelarias o regulatorias dirigidas a determinados sectores industriales. Asimismo, el proceso se enmarca en el actual enfoque de la política comercial estadounidense, centrado en abordar desequilibrios comerciales y reforzar la competitividad de la industria nacional, por lo que conviene seguir su evolución, especialmente en sectores industriales con fuerte presencia exportadora europea.
El 12 de marzo de 2026, la Oficina del Representante de Comercio de Estados Unidos (USTR) anunció el inicio de una nueva investigación en virtud de la Sección 301 de la Ley de Comercio de 1974 para analizar si las políticas o prácticas de varios socios comerciales están relacionadas con la falta de prohibición o de aplicación efectiva de restricciones a la importación de bienes producidos con trabajo forzoso.
Según el anuncio publicado por el USTR, esta situación podría afectar al comercio estadounidense, ya que en mercados donde no existen prohibiciones similares las exportaciones de EE. UU. deben competir con productos elaborados total o parcialmente mediante trabajo forzoso. Asimismo, el USTR señala que algunos bienes a los que se ha denegado la entrada en el mercado estadounidense por este motivo podrían ser posteriormente reexportados a terceros países, lo que también podría distorsionar la competencia internacional.
La investigación abarca 60 economías, entre ellas China, la Unión Europea, Japón, India, Corea del Sur, Vietnam, Tailandia, Indonesia, Malasia, México, Brasil, Reino Unido, Suiza, Noruega y Australia, entre otros socios comerciales relevantes.
El procedimiento prevé un período de consulta pública en el que empresas y otras partes interesadas podrán presentar comentarios sobre si las prácticas de estos países afectan al comercio estadounidense y qué medidas deberían adoptarse. El plazo para enviar comentarios escritos finaliza el 15 de abril de 2026, mientras que la audiencia pública está prevista para el 28 de abril de 2026 ante la Comisión de Comercio Internacional de EE. UU. (ITC).
Conforme a la normativa aplicable, el USTR dispone de hasta 12 meses para concluir la investigación, aunque se prevé que el proceso pueda acelerarse. Una vez finalizada, el USTR podría proponer medidas comerciales, incluidas medidas arancelarias o restricciones a la importación, si determina que las prácticas analizadas afectan al comercio estadounidense.
Para las empresas españolas, esta investigación refleja el creciente uso de instrumentos comerciales por parte de EE. UU. para abordar cuestiones relacionadas con sostenibilidad, derechos laborales y cadenas de suministro. En función de sus resultados, el proceso podría dar lugar a nuevas medidas comerciales que afecten a determinados sectores o productos procedentes de los países investigados.