BECAS ACTIVAS

Becas ICEX - 50ª Promoción

RESOLUCIÓN POR LA QUE SE CONVOCAN LAS BECAS DE INTERNACIONALIZACIÓN EMPRESARIAL DE ICEX ESPAÑA EXPORTACIÓN E INVERSIONES, E.P.E. 50ª PROMOCIÓN

Mediante la Orden ICT/100/2020, de 31 de enero, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 34, de 8 de febrero de 2020, y su posterior modificación mediante Orden ECM/208/2025, de 20 de febrero, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 55 de 5 de marzo de 2025, se aprobaron las bases reguladoras del Programa de Becas de Internacionalización Empresarial de ICEX España Exportación en Inversiones, E.P.E. (en adelante, ICEX).

Estas becas constituyen una ayuda económica para la realización de las acciones formativas objeto de este Programa a lo largo de sus distintas fases. Los correspondientes importes están establecidos en función de las dotaciones brutas que los becarios y becarias percibirán en cada una de las fases y con las que deberán afrontar los gastos para poder alcanzar los objetivos de estas becas en función de la duración de la actividad. Uno de los aspectos que esta convocatoria contempla, está relacionado directamente con la necesidad de adecuar la relación de destinos y cuantías. Tal y como se refleja en la orden de bases, en su artículo 23.1 “las resoluciones de convocatoria podrán añadir o suprimir destinos dependiendo del interés para la política comercial española, y sus correspondientes dotaciones, así como actualizar y modular, según destino, los importes de las dotaciones económicas previstas en esta orden”. En este sentido, esta convocatoria contempla la adecuación de los importes de las dotaciones brutas que se otorgan como ayudas y que han sido revisadas teniendo en cuenta el incremento del coste de vida en distintos países, con el objetivo de procurar a los beneficiarios unas condiciones dignas de vida y de dedicación durante su fase de prácticas.

Tras la experiencia adquirida a lo largo de la ejecución práctica del Programa, se ha detectado la necesidad de introducir una mejora que contempla la inclusión social de las personas con discapacidad, incorporando así determinadas modificaciones en su articulado con especificaciones relativas a la reserva de plazas ofertadas para jóvenes que tengan reconocido un determinado grado de discapacidad. Todo ello con el objetivo de garantizar o aumentar la participación de jóvenes con discapacidad en el Programa de Becas ICEX para los próximos años.

En base a lo anterior, se establece la reserva de un dos por ciento (2 %) de las plazas ofertadas para jóvenes que tengan reconocido un grado de discapacidad. A los efectos de esta norma, se entiende por persona con discapacidad la definida en el artículo 4.2 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, es decir, aquellas a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.

Asimismo, se amplían los términos en los que la convocatoria determina el modelo de solicitud y los documentos exigidos a las personas solicitantes, incorporando aquellas necesarias para la adaptación, en su caso, de las pruebas selectivas para las personas con discapacidad. Por otro lado, se fijan los criterios para la participación de las personas con discapacidad fuera del cupo previsto, junto con el resto de los participantes de acceso general, en caso de superar a estos aspirantes en puntuación.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 2 de la citada Orden ICT/100/2020, de 31 de enero y en su posterior modificación mediante Orden ECM/208/2025, de 20 de febrero y, de conformidad con el artículo 149.1. 13ª de la Constitución Española, referido a la competencia exclusiva del Estado sobre comercio exterior y sobre las bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica, se aprueba la presente resolución de convocatoria de las Becas de Internacionalización Empresarial de ICEX.

De acuerdo con lo expuesto, la consejera delegada de ICEX, por delegación de la presidenta de la entidad pública empresarial, aprueba la presente convocatoria para la concesión de las ayudas, de conformidad con los siguientes apartados:

CONTENIDO DE LA CONVOCATORIA

ANEXOS




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