BECAS ACTIVAS

PRÁCTICAS EN EMPRESAS 2025

 
 

 


 

  • RESUMEN EJECUTIVO

 

RESUMEN EJECUTIVO

Objetivo Apoyar a las empresas en su proceso de internacionalización, facilitándoles el acceso al mejor talento joven en formación, y lograr su integración laboral a la finalización de las prácticas.
A quién va dirigido

Empresas y entidades constituidas en España con actividad internacional, que presenten un plan estructurado con la formación que aportarán a la persona becada, competencias a desarrollar, y actividades formativas a realizar durante el periodo de prácticas. Éstas deberán desarrollarse en el ámbito de actuación internacional y estar tuteladas a través de la designación de una persona tutora responsable del cumplimiento y valoración del itinerario formativo de la persona becada.

La formación podrá realizarse en España o en el extranjero. En el caso de que la beca se desarrolle fuera de España es requisito obligatorio que las empresas estén implantadas en el exterior y dispongan de una persona tutora permanente en el destino propuesto. En caso de prácticas fuera de la Unión Europea es responsabilidad exclusiva de la empresa cerciorarse de la viabilidad de consecución de un visado en regla que permita la realización de prácticas en el país.

Financiación o doctación económica

ICEX cubre el 70% de la dotación bruta anual si las prácticas se desarrollan en el exterior en el seno de una PYME/Entidad, el 50% si se realizan en una PYME/Entidad en España, y el 20% en caso de que se desarrollen en una GRAN empresa. Asimismo, cubre el coste del Seguro de accidentes y asistencia en viajes. La EMPRESA o ENTIDAD se hace cargo del 30 % de la dotación bruta anual si las prácticas se desarrollan en el exterior en el seno de una PYME/Entidad, del 50% si se realizan en una PYME/Entidad desde España, y del 80% en caso de que se desarrollen en una GRAN empresa.  La empresa o entidad también corre con los gastos de desplazamientos formativos de la persona becada, y obtención o renovación del visado, si los hubiere.

La dotación bruta anual de las prácticas viene fijada por ICEX en función del destino asignado. Esta dotación está sujeta a las correspondientes retenciones que conforme a la normativa vigente resulten de aplicación. 

Presentación solicitudes

Nuevas empresas o entidades participantes: una vez registradas en el Portal de ICEX: https://www.icex.es, podrán acceder al Programa y al formulario de inscripción en PRÁCTICAS EN EMPRESAS 2025. El contacto de referencia y el tutor también deben registrarse como contactos de la empresa.

Empresas o entidades ya registradas podrán acceder al Programa y al formulario de inscripción en PRÁCTICAS EN EMPRESAS 2025.

No se aprobarán más de 4 solicitudes de personas becadas por empresa para becas a realizar en la sede de la empresa en España. La aprobación de solicitudes se podrá ampliar a un máximo de 6 si las plazas adicionales se desarrollan fuera de España.

Plazo inscripción y solicitudes Desde el 8 de julio hasta el 30 de septiembre de 2024
Resolución solicitudes Se comunicará a partir del 11 de diciembre de 2024
Autorización de difusión Al inscribirse la empresa autoriza la difusión de su nombre, sector, breve descripción de la oferta formativa y destino de su solicitud (en caso de ser aprobada) al colectivo de becarios ICEX de la 47ª promoción. Dispone de la opción de marcar un check en caso de autorizar a ICEX a difundir los datos de la persona de contacto y e-mail.
Fecha de comienzo La incorporación de la persona becada a la empresa o entidad se producirá aproximadamente a partir del mes de marzo de 2025
Duración 12 meses desde la fecha de incorporación

 

 


 

BECAS ICEX DE INTERNACIONALIZACIÓN (II FASE)

  • PROGRAMA DE PRÁCTICAS EN EMPRESAS O ENTIDADES 2025

ÍNDICE

1. OBJETIVOS DEL PROGRAMA

2. DURACIÓN DEL PROGRAMA Y DE LA FORMACIÓN TEÓRICO-PRÁCTICA

3. REQUISITOS DE LAS EMPRESAS PARTICIPANTES

4. CONDICIONES ECONÓMICAS

5. CRITERIOS DE VALORACIÓN Y APROBACIÓN

6. ASIGNACIÓN DE LA PERSONA BECADA  A LA EMPRESA O ENTIDAD

7. MARCO DE REGULACIÓN

8. PLAZOS Y TRAMITACIÓN DE LA SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN

9. DOCUMENTACIÓN TRAS LA FINALIZACIÓN DE LAS PRÁCTICAS

 

1. OBJETIVOS DEL PROGRAMA

La formación de personas se ha revelado como la pieza clave del éxito de cualquier proyecto empresarial, de ahí que ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E. (en adelante, ICEX) esté comprometido en acompañar a las empresas y entidades en sus procesos de internacionalización, facilitándoles el acceso al mejor talento joven en formación a través de su participación en el Programa de Prácticas en Empresas o Entidades.  

Mediante la Resolución, de fecha 16 de febrero de 2022, se aprobó, por la consejera delegada de ICEX, en virtud de la delegación efectuada por la presidenta de ICEX, la Convocatoria de las becas de internacionalización empresarial de ICEX correspondiente a la 47ª Promoción con subvenciones para la formación teórica y práctica durante las tres Fases (Fase 0, Fase I y Fase II) establecidas en la Orden ICT/100/2020. La Fase II se realiza en empresas, entidades u organismos internacionales de los que España es miembro.

En el caso de organismos internacionales su selección se realiza anualmente por el Departamento de Prácticas en empresas y organismos internacionales (OOII) de ICEX en función de las prioridades de la política comercial española encargándose de comunicar a los organismos seleccionados la posibilidad de adherirse al programa de Becas (Orden ICT/100/2020; artículos 28.2 y 29.2).

El Programa de Prácticas en Empresas o Entidades (en lo sucesivo, el “Programa de Empresas”) tiene como objetivo último completar la formación y, finalmente, promover la inserción laboral de jóvenes profesionales que han concluido con éxito la Fase 0 y I de la Convocatoria de Becas, y se materializa mediante la posibilidad de realizar prácticas durante un (1) año en empresas o en entidades españolas con actividad internacional, dentro y fuera de España.

Mediante su participación en el Programa de Empresas, ICEX facilita que un máximo de 275 becarios y becarias que han concluido con éxito un intensivo proceso de formación y capacitación en internacionalización puedan formar parte de sus proyectos internacionales. La formación teórico-práctica que estos jóvenes han recibido ha consistido en:

  • Un Máster Universitario en Gestión Internacional de la Empresa (MBA in International Management), título oficial de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo e impartido en alianza académica por ICEX. El Máster es un programa de posgrado cuyo objetivo es proporcionar una sólida formación a las personas seleccionadas y dotarlas de las herramientas teóricas y prácticas vinculadas al proceso de internacionalización empresarial. 
  • La realización de un año de prácticas en las Oficinas Económicas y Comerciales de las Embajadas de España a través de las cuales las personas becadas han adquirido y desarrollado experiencia y conocimiento sobre los mercados internacionales, la operativa del comercio internacional y las necesidades reales de los empresarios españoles y locales.  

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2. DURACIÓN DEL PROGRAMA Y DE LA FORMACIÓN TEÓRICO-PRÁCTICA
El Programa de Prácticas en Empresas o Entidades 2025, de la 47ª promoción de las Becas ICEX de Internacionalización Empresarial, comenzará con la apertura del plazo de inscripción a partir del 8 de julio de 2024.

Las prácticas que se realizarán en las empresas y entidades tendrán una duración de doce (12) meses, iniciándose a partir de la fecha indicada en el acuerdo correspondiente entre la persona becada, empresa o entidad e ICEX (en adelante, Compromiso) que se firmará en los primeros meses de 2025.

El programa de Prácticas en Empresas o Entidades 2025 terminará con la finalización de las prácticas de las personas becadas de la 47ª promoción de las Becas ICEX de Internacionalización Empresarial.

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3. REQUISITOS DE LAS EMPRESAS PARTICIPANTES

Las prácticas podrán realizarse en la sede de la empresa o entidad en España o en el exterior.

3.1. Requisitos Generales:

1. Estar constituidas jurídicamente en España.

2. Estar al corriente de las obligaciones tributarias y en materia de Seguridad Social, no haber sido declarada insolvente o estar inmersa en procedimiento concursal y cumplir el resto de los requisitos del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. No será precisa la aportación de las certificaciones acreditativas del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social cuando la empresa o entidad haya manifestado expresamente su autorización para que sus datos sean recabados por ICEX. Las empresas domiciliadas fiscalmente en País Vasco y Navarra también deben aportar los certificados de la Hacienda foral correspondiente.

En relación con el artículo 13.3 bis, en el caso de que la dotación correspondiente a ICEX sea superior a 30.000 euros, las empresas sujetas a la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, deberán acreditar cumplir, en los términos dispuestos en este apartado, los plazos de pago que se establecen en la citada Ley para obtener la condición de entidad colaboradora.

Salvo que las bases reguladoras prevean otro plazo o momento de acreditación, ésta se efectuará en el plazo de 10 días hábiles desde la notificación de la propuesta de resolución provisional a los interesados para los que se propone la concesión de la subvención.

No obstante, si la certificación de auditor o el informe de procedimientos acordados no pudiere obtenerse antes de la terminación del plazo establecido para su presentación, se aportará justificante de haber solicitado dicho medio de acreditación y una vez obtenido se presentará inmediatamente y, en todo caso, antes de la resolución de concesión.

La acreditación del nivel de cumplimiento establecido se realizará por los siguientes medios de prueba:

a) Las personas físicas y jurídicas que, de acuerdo con la normativa contable pueden presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, mediante certificación suscrita por la persona física o, en el caso de personas jurídicas, por el órgano de administración o equivalente, con poder de representación suficiente, en la que afirmen alcanzar el nivel de cumplimiento de los plazos de pago previstos en la citada Ley 3/2004, de 29 de diciembre. Podrán también acreditar dicha circunstancia por alguno de los medios de prueba previstos en la letra b) siguiente, y con sujeción a su regulación

b) Las personas jurídicas que, de acuerdo con la normativa contable no pueden presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, mediante:

Certificación emitida por auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas en los términos del artículo 13.3.bis letra b.

En el caso de que no sea posible emitir el certificado al que se refiere el número anterior, «Informe de Procedimientos Acordados», elaborado por un auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas.

3. Dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea de aplicación sobre protección de datos personales y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.  

4. Tener actividad comercial o productiva en el exterior o un plan estratégico en ejecución dirigido a la expansión y consolidación internacional.

5. Presentar un plan estructurado y preciso con el itinerario formativo que aportarán a la persona becada, que contemple y detalle las competencias a desarrollar, funciones a realizar y una planificación de las actividades programadas para el periodo completo de las prácticas. Las prácticas se desarrollarán necesariamente en el ámbito de actuación internacional de la empresa o entidad y deben contar con la designación de una persona tutora responsable del cumplimiento y valoración del itinerario formativo.

3.2. Requisitos Específicos para prácticas desarrolladas fuera de España:

Las prácticas podrán realizarse en la sede de la empresa o entidad en España o en el exterior. Los requisitos para éstas últimas son:

1. Disponer de implantación en el país, en cuyas instalaciones se desarrolle la formación.  

2. Disponer de una persona tutora permanente en destino, responsable del seguimiento de la persona becada para medir el cumplimiento de los objetivos de formación de las prácticas.

3. Cerciorarse 1-    de que no existen impedimentos administrativos para la obtención de un visado en regla en los países que así lo requieran y proporcionar a la persona becada la documentación pertinente para su obtención, asumiendo asimismo la gestión, y los costes de expedición o renovación del visado.

Las competencias en la concesión de visados recaen en los consulados de cada paíe.

Ningún desplazamiento a destino de personas becadas podrá realizarse sin el visado adecuado o en situación irregular. Si se evidenciara que no se han adoptado todas las medidas necesarias para que el visado obtenido por la persona becada permita el desarrollo completo del período formativo en destino, la empresa o entidad deberá adoptar las medidas necesarias para que la misma pueda desarrollar la formación práctica en la sede de la empresa o entidad en España, o en otro país donde disponga de implantación.  

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4. CONDICIONES ECONÓMICAS

4.1. DOTACIÓN DE LAS PERSONAS BECADAS

La dotación bruta anual de las prácticas viene fijada por ICEX en función del país y ciudad de destino asignado, dentro del listado con destinos y cuantías que se incluye como referencia en el Anexo I, no siendo ésta un concepto negociable. Para el cálculo de las cuantías individualizadas se utilizará el mismo procedimiento establecido para la Fase I del Programa de Becas ICEX. De esta dotación se detraerán la correspondiente retención fiscal y la cuota por cotización a la Seguridad Social aplicables a la persona becada según la legislación vigente. 

Para determina si la empresa es PYME o gran empresa, se seguirá lo indicado en el Reglamento (UE) 651/2014 -Anexo I-de la Comisión de 17 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea: La categoría de microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) está constituida por las empresas que ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen de  negocios anual no excede de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros.

A. CUANTIAS ASUMIDAS POR ICEX 

• PYMES o ENTIDADES

a) En el caso de prácticas realizadas en la sede de la empresa en España, ICEX asume el cincuenta por ciento (50%) de la dotación bruta anual, lo que supone que durante los seis (6) primeros meses de las prácticas ICEX se hace cargo de la dotación de la persona becada.

b) En el caso de prácticas realizadas en una filial/sucursal de la empresa en el exterior, ICEX asume el setenta por ciento (70%) de la dotación bruta anual, lo que supone que durante los doscientos cincuenta y dos (252) primeros días naturales de las prácticas ICEX se hace cargo de la dotación de la persona becada.

GRAN EMPRESA

ICEX asume el veinte (20%) de la dotación bruta anual, lo que supone que durante los setenta y dos (72) primeros días naturales de las prácticas ICEX se hace cargo de la dotación de la persona becada.

• En todos los casos (PYME o Gran Empresa) en los que las prácticas se realicen en el exterior y se contemple a su inicio un periodo previo de formación en España superior a UN MES, y/o el desplazamiento al exterior conlleve un proceso administrativo de duración variable (ej. obtención de visado), el pago de la dotación se realizará con referencia a la de España y quedará regularizado una vez la empresa confirme expresamente a ICEX la incorporación efectiva de la persona becada al destino asignado.

B. CUANTÍAS ASUMIDAS POR LA EMPRESA O ENTIDAD:

PYMES o ENTIDADES

a) En el caso de prácticas realizadas en la sede de la empresa en España, ésta asume la dotación económica de la persona becada desde el séptimo mes, y durante los seis (6) meses restantes de prácticas. por tanto, pagará el 50% de la dotación bruta anual prorrateada mensualmente en los últimos 6 meses de las prácticas. Esta dotación no podrá ser objeto de incremento o variación por parte de la empresa.

b) En el caso de prácticas realizadas en una filial/sucursal de la empresa en el exterior, ésta asume la dotación económica de la persona becada durante los últimos ciento ocho (108) días naturales de las prácticas, por tanto, pagará el treinta por ciento (30%) de la dotación bruta anual prorrateada mensualmente en los últimos ciento ocho (108) días naturales de las prácticas. Esta dotación no podrá ser objeto de incremento o variación por parte de la empresa.

GRAN EMPRESA

La empresa asume la dotación económica de la persona becada desde el día 73, esto es, el ochenta por ciento (80%) de la dotación bruta anual prorrateada mensualmente durante los últimos doscientos ochenta y ocho (288) días naturales de las prácticas.  Esta dotación no podrá ser objeto de incremento o variación por parte de la empresa.

4.2. SEGURO DE ACCIDENTES Y DE ASISTENCIA EN VIAJE[5]

ICEX contrata y cubre el 100% del importe del seguro por concepto de accidentes y de asistencia en viaje durante el período de vigencia de las prácticas. Las coberturas de dicho seguro en los desplazamientos al exterior comprenden los gastos médicos, de repatriación y de asistencia médica 24 horas, equipajes y demoras y otras garantías complementarias como, por ejemplo, responsabilidad civil y accidentes personales.

La Empresa asumirá la cobertura de cualquier riesgo fuera de lo comprendido en la póliza de seguro de accidentes y de asistencia en viaje contratada por ICEX, especialmente la contratación de una póliza adicional complementaria en los países que así lo requieran.

La cobertura de la póliza es efectiva durante el tiempo de desarrollo de actividades relacionadas con el desempeño de las prácticas.

4.3. TRANSPORTE DE IDA Y VUELTA AL DESTINO EN EL EXTERIOR Y VIAJES DE FORMACIÓN

La empresa o entidad proveerá y sufragará los gastos del desplazamiento del becario o becaria al destino asignado, y los de retorno a su residencia habitual al finalizar el periodo de prácticas, así como los gastos ocasionados por los desplazamientos que deba realizar debido a su actividad y del plan de formación.

4.4. VISADO 

La empresa o entidad asume la gestión y los costes totales asociados a la expedición o renovación del visado.

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5. CRITERIOS DE VALORACIÓN Y APROBACIÓN

El número de empresas o entidades que puede finalmente participar en el Programa de Empresas estará limitado por la oferta de personas becadas disponibles, por lo que la selección se realizará en virtud del número de personas becadas y solicitudes recibidas, a aquellas empresas o entidades cuya solicitud refleje una mayor coherencia con los objetivos del Programa de Empresas. 

El Departamento de Prácticas en Empresas y OOII de ICEX, con el asesoramiento de la Comisión de Becas, seleccionará el número de solicitudes de personas becadas correspondientes a cada empresa o entidad con arreglo a los siguientes criterios:

a) La calidad e idoneidad del Plan de Formación presentado, que necesariamente deberá desarrollarse en el área internacional de la empresa o entidad e incluirá la siguiente información:

• Adaptación del plan de formación al cumplimiento de la finalidad de la concesión de la Beca, siendo ésta la de la realización de actividades formativas en ámbito de internacionalización de la empresa.

• Formación que aportará la empresa o entidad en el momento de la incorporación de la persona becada para facilitar su integración y el perfil de la persona tutora asignada.

• Desarrollo de habilidades y competencias.

• Planificación de tareas y actividades formativas programadas durante las prácticas.

• Recursos materiales y técnicos puestos a disposición de la persona becada.

• Acciones de seguimiento y control.

b) La oportunidad de que las prácticas se realicen fuera de España, siempre que se cumplan los requisitos exigidos en el apartado 3 anterior.

c) La política de integración de las personas becadas en la estructura de la empresa con carácter de permanencia, en el caso de empresas o entidades.

d) La política de la empresa en materia de aplicación de los principios de desarrollo sostenible, relativos a igualdad de género, así como de carácter medioambiental y social.

Dicho departamento estará facultado para solicitar una entrevista, así como la aportación de la información que considere pertinente.

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6. ASIGNACIÓN DE LA PERSONA BECADA A LA EMPRESA O ENTIDAD

El Departamento de Prácticas en Empresas y OOII de ICEX comunicará a las empresas o entidades la aprobación o rechazo de la/s solicitud/es recibidas, a partir del 11 de diciembre de 2024, remitiendo asimismo las instrucciones sobre el procedimiento de materialización de las prácticas.

El número de solicitudes aprobadas para cada empresa/entidad estará sujeta a la demanda recibida y a la oferta de personas becadas disponibles.

No se aprobarán más de 4 solicitudes de personas becadas por empresa para becas a realizar en la sede de la empresa en España. La aprobación de solicitudes se podrá ampliar a un máximo de 6 si las plazas adicionales se desarrollan fuera de España.

Las empresas o entidades con una o varias solicitudes aprobadas, dispondrán de acceso a la plataforma on-line en la que se encuentran los currículos de las personas becadas y podrán iniciar contactos con aquellos que acceden a la Fase II.

El sistema de asignación se basa en la libre concurrencia de personas becadas y empresas o entidades autorizadas a través de la plataforma virtual de ICEX que facilita el ajuste idóneo entre las solicitudes u ofertas de las empresas con las preferencias o perfiles de los becarios/as.

Para iniciar el proceso de selección de las personas candidatas, las empresas o entidades podrán establecer el contacto por vía telefónica, correo electrónico, entrevista personal, video conferencia, etc. En el caso de optar por la realización de entrevista personal, téngase en cuenta que los gastos de desplazamiento de la persona becada al lugar de la entrevista, si los hubiere, serán siempre por cuenta de la empresa o entidad. La autorización del gasto –y su forma de liquidación- deberá quedar explícitamente acordada entre empresa o entidad y la persona becada antes de producirse tal desplazamiento.

La fecha límite de vinculación entre empresa o entidad y la persona becada a través del Portal de ICEX es el 12 de febrero de 2025.

El Departamento de Prácticas en Empresas y OOII de ICEX, con el asesoramiento previo de la Comisión de Becas, emitirá las correspondientes propuestas de asignación de destinos y dotación económica para la Fase II. Las referidas propuestas se publicarán en la página web del ICEX, pudiendo las personas becadas formular alegaciones en el plazo de diez días hábiles.

La consejera delegada de ICEX, a propuesta del Departamento de Prácticas en Empresas y Organismos Internacionales de ICEX, como órgano instructor, dictará cuantas resoluciones de asignación de destino sean necesarias, que incluirán el becario, destino y la dotación de la beca que ICEX asume en Fase II, siendo objeto de publicación en el apartado de Ayudas concedidas dentro del Portal de ICEX (www.icex.es) y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

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7. MARCO DE REGULACIÓN
  • Las relaciones entre ICEX y la empresa o entidad se regulan a través del Convenio que se adjunta a la presente convocatoria del Programa de Empresas como Anexo II, que ambas partes han de suscribir.
  • Las obligaciones, derechos y régimen de responsabilidad entre ICEX, la empresa o entidad y la persona becada se recogerán mediante un documento denominado 'Compromiso de Prácticas'. En el anexo III de la presente convocatoria del Programa de Empresas, se adjunta el modelo para Pymes en el exterior    
  • Dicho documento deberá ser firmado por la persona responsable de la empresa o entidad, la Persona Becada e ICEX, antes del inicio de la formación, ajustando el modelo al tipo de empresa y al destino de las prácticas.
  • A partir de la incorporación de la Persona Becada a la empresa, ésta deberá cumplimentar inexcusablemente y con carácter trimestral un Informe de Evaluación realizado por el Tutor, a través de la página web de ICEX. En el cuarto trimestre del desarrollo de las prácticas deberá además indicar las posibilidades de incorporación de la persona becada a la plantilla de la empresa o entidad, una vez finalizado su periodo de formación. 
  • En caso de proceder la empresa o entidad a la finalización unilateral de las prácticas, durante su desarrollo, ésta asume el compromiso de satisfacer a ICEX el 50% del importe de la dotación que haya sido abonada por ICEX hasta ese momento. 
  • Si la causa de la extinción obedece al acuerdo entre empresa o entidad y persona becada para iniciar una relación laboral, o si mediase acuerdo entre empresa o entidad e ICEX sobre la procedencia de la finalización propuesta por la empresa o entidad por incumplimiento de la persona becada o por cualquier otro motivo, no será de aplicación lo expuesto en el párrafo anterior.
  • En caso de concurrir circunstancias excepcionales que hicieran aconsejable la adopción de medidas adicionales no previstas en el Programa de Empresas y que redunden en beneficio de las empresas o entidades y personas becadas, ICEX, a través de Resolución dictada por su consejera delegada, podrá incluir las medidas correctivas necesarias para salvar esas cuestiones no previstas en las condiciones de participación. 

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8. PLAZOS Y TRAMITACIÓN DE LA SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN DE LAS EMPRESAS EN EL PROGRAMA

Las solicitudes podrán presentarse desde el día 8 de JULIO DE 2024 hasta las 14:00 horas del día 30 DE SEPTIEMBRE DE 2024.

La solicitud de participación en el Programa de Empresas se realizará por la empresa/entidad constituida en España.

  • La presentación de solicitudes deberá efectuarse cumplimentando el formulario disponible en el área de Becas de la web de ICEX “Formulario de inscripción en el Programa Prácticas en Empresas 2025” dentro del plazo establecido. En Anexo IV se encuentra documento con los datos solicitados en el Formulario de Inscripción.
  • En el caso de solicitar más de una persona becada, se deberán presentar para cada una de ellas, los datos requeridos en el formulario de inscripción. 
  • El hecho de inscribirse, participando así en el proceso de solicitud de una persona becada ICEX, supone la aceptación de las condiciones de adhesión del Programa de Empresas y los procedimientos aquí descritos. 
  • Procedimiento ante incidencias y consultas: Las consultas relativas al contenido del “Programa de Empresas” o cualquier incidencia de tipo técnico que surja durante el proceso de inscripción, deberán dirigirlas a la dirección de correo electrónico de Ventana Global (información@icex.es), o al teléfono de ICEX (+34) 91 349 71 00 (Horario de atención: de 9:00 a 17:00 horas GMT+1, de lunes a jueves y viernes de 9:00 a 15 horas GMT+1. En verano -julio y agosto- de 9:00 a 15:00 horas). 

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9. DOCUMENTACIÓN TRAS LA FINALIZACIÓN DE LAS PRÁCTICAS

Finalizado el periodo de duración de las prácticas, y en el plazo máximo de un (1) mes desde la fecha de su finalización, la empresa o entidad presentará una Declaración firmada y sellada por su responsable con:

  • El desglose mensual de los pagos realizados a la persona becada en concepto de dotación, fijada en el Compromiso, durante el periodo financiado por la empresa o entidad. Dicho desglose debe coincidir con el porcentaje de financiación correspondiente de la dotación bruta establecida en el compromiso de prácticas y con lo informado por ICEX.
  • El importe de las retenciones que, conforme a la normativa aplicable, hubieran sido realizadas e ingresadas, junto con la cotización a la Seguridad Social aplicada. Es obligación de la empresa o entidad gestionar las correspondientes alta y baja en la Seguridad Social al inicio y fin del periodo en el que asume el pago de la dotación de las prácticas (Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social y demás legislación que pudiera resultar de aplicación).

Esta documentación deberá ser enviada por correo electrónico a la dirección becas@icex.es.

 

En Madrid, en la fecha de la firma electrónica

 

María Elisa Carbonell Martín

Consejera delegada de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E.

Real Decreto 129/2024, de 30 de enero, BOE» núm. 27, de 31 de enero de 2024.

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