LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS

 

Legalización única o Apostilla de La Haya

Descripción:

El trámite de apostilla consiste en colocar sobre un documento público, o una prolongación del mismo, una Apostilla o anotación que certificará la autenticidad de la firma de los documentos públicos expedidos en un país firmante del XII Convenio de La Haya, de 5 de octubre de 1961, por el que se suprime la exigencia de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros que deban surtir efectos en otro país firmante del mismo. Así, los documentos emitidos en un país firmante del Convenio que hayan sido certificados por una Apostilla deberán ser reconocidos en cualquier otro país del Convenio sin necesidad de otro tipo de autenticación.

Pasos previos:

(1) Primer paso: verificar que el país destino es firmante del Convenio de La Haya de 5 de octubre de 1961 para la Abolición del Requisito de la Legalización para los Documentos Públicos Extranjeros, desde el portal de la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado:

https://www.hcch.net/en/instruments/conventions/specialised-sections/apostille 
(“Contracting Parties”)

(En caso de que no aparezca el país destino se deberá revisar el apartado “1.4.2 – Legalizaciones”). 

(2) Segundo paso: revisar que el documento puede apostillarse. Se pueden apostillar documentos judiciales, documentos administrativos, certificaciones oficiales que hayan sido puestas sobre documentos privados y las autenticaciones oficiales y notariales de firmas en documentos de carácter privado.

La Apostilla no se aplicará a:

- los documentos expedidos por funcionarios diplomáticos o consulares,

- los documentos administrativos relacionados directamente con una operación comercial o aduanera o  

- os documentos que, en aplicación de otros Convenios estén exentos de ser legalizados o apostillados (normalmente documentos de tipo civil; ejemplo: actas de nacimiento, estado civil, etc.)

(En caso tratarse de un documento que no se pueda apostillar se deberá revisar el apartado “1.4.2 – Legalizaciones”)  

Autoridades competentes:

Si el país destino es firmante del Convenio de La Haya y se trata de un documento que puede apostillarse, entonces los interesados deberán acudir a las autoridades competentes, que se detallan en el texto consolidado del Real Decreto 1497/2011, de 24 de octubre, por el que se determinan los funcionarios y autoridades competentes para realizar la legalización única o Apostilla prevista por el Convenio XII de la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado, de 5 de octubre de 1961. 

(A) Documentos Públicos Administrativos (algunos documentos administrativos precisan de reconocimiento previo de firma), y Judiciales (incluidos documentos de Registro Civil), el ciudadano podrá dirigirse, a su elección, a cualquiera de las Autoridades Competentes mencionadas a continuación: 

- Oficina Central de Atención al Ciudadano del Ministerio de Justicia. 

- Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia y Oficinas Delegadas de Ceuta y Melilla.

- A las Secretarías de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia y de las ciudades de Ceuta y Melilla.

(B) Documentos notariales y documentos privados cuyas firmas han sido legitimadas ante Notario: Colegios Notariales o aquellos Notarios en quien deleguen.

(C) Documentos públicos judiciales expedidos por la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo: Secretarios de Gobierno de los respectivos tribunales o en quien ellos deleguen. 

Con respecto a los Documentos Públicos Administrativos (punto A) algunos de ellos precisan de reconocimiento previo de firma para ser apostillados.

Por ejemplo:

- Los documentos de la Agencia Tributaria por el Ministerio de Hacienda C/ Alcalá 7-9, Madrid).

- Los documentos bancarios por el Departamento de Cuentas Corrientes del Banco de España (C/ Alcalá, 48, Madrid).

- Certificados de Registros Mercantiles por el encargado del Registro Mercantil (para los Registros de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia) o el Decano Presidente del Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantil y de Bienes Muebles de España (Calle Diego de León, 21, Madrid).

Más información: 

- Portal del Ministerio de Justicia

http://www.mjusticia.gob.es

Ruta: Ciudadanos > Trámites y gestiones personales > Legalización única o Apostilla de La Haya

Se incluyen información como la siguiente:

1) Los datos de contacto de los organismos citados con anterioridad:

- Oficina Central de Atención al Ciudadano del Ministerio de Justicia

- Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia y Oficinas Delegadas de Ceuta y Melilla.

- Secretarías de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia y de las ciudades de Ceuta y Melilla.

- Colegios Notariales de España.

2) Los procedimientos para realizar una solicitud de legalización

3) El modelo de solicitud de Apostilla de La Haya e instrucciones para su cumplimentación

4) Listado completo de documentos administrativos que precisan de reconocimiento previo de firma para ser apostillados.

Resolución de dudas:

- Centro de Atención al Ciudadano del Ministerio de Justicia

Teléfonos: 902007214 / 918372295

https://www.mjusticia.gob.es/es/ciudadanos/atencion-ciudadano-covid19

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