SOIVRE

 

Certificado de control de calidad comercial (SOIVRE) - (Comercio exterior con terceros países)

El servicio de inspección SOIVRE de las Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio, dependiente de la Secretaría General de Comercio Exterior, realiza la inspección y control de calidad comercial de los productos objeto de comercio exterior indicados en el anexo actualizado de la Orden PRE/3026/2003, de 30 de octubre, por la que se dictan normas de inspección y control para las Direcciones Regionales y Territoriales de Comercio.  

La inspección de los productos objeto de control se realiza en los puntos habilitados al efecto por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, en los Servicios de Inspección SOIVRE de las Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio en los propios recintos aduaneros, y en las instalaciones de confección, envasado, producción, almacenamiento, carga o distribución del propio operador comercial.  

Los interesados deberán notificar, por sí mismos o por sus representantes, al Servicio de Inspección SOIVRE de las Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio que corresponda, las operaciones de comercio exterior que sean objeto de control por estos Centros. Están eximidos de notificación, y por tanto de inspección y control, las expediciones sin carácter comercial.  

Tras la recepción de la solicitud el Servicio de Inspección llevará a cabo la inspección prevista para comprobar el cumplimiento de los requisitos de calidad comercial indicados en las normas aplicables. Como resultado de la misma la mercancía será declarada conforme o no conforme, y será expedido el correspondiente "Certificado de control de calidad comercial SOIVRE", el "Certificado CEE /SOIVRE para frutas y hortalizas", o Un “Acta de No conformidad” en su caso.  

Los certificados emitidos por el Servicio SOIVRE de inspección son preceptivos para el despacho aduanero para la exportación a terceros países de los productos indicados en el anexo. 

Más información:

- Portal de la Secretaría de Estado de Comercio

http://www.comercio.gob.es

Ruta: Comercio > Áreas de interés > Importación y exportación de mercancías >Controles en frontera > Calidad Comercial de Productos Agroalimentarios 

Legislación:

Orden PRE/3026/2003, de 30 de octubre, por la que se dictan normas de inspección y control para las Direcciones Regionales y Territoriales de Comercio.  Anexo modificado por: 

- Orden ITC/2869/2009, de 30 de octubre (Ref. BOE-A-2009-17081) 
- Orden ECC/2257/2013, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-2013-12631) 
- Orden ECC/2566/2015, de 27 de noviembre (Ref. BOE-A-2015-13096)

Para consultar el listado actualizado se recomienda revisar el texto consolidado de la Orden PRE/3026/2003:  

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-20151  

También se puede emplear la aplicación TARIC de las aduanas españolas, y realizar la búsqueda por código arancelario y destino de la mercancía. Aquellas sujetas a este trámite muestran una anotación adicional (SOVEX – Inspección SOIVRE a la exportación).

Consulta del arancel integrado de la aplicación TARIC 

https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/DD09.shtm

 Tramitación:

Solicitud de la inspección. Dos vías:

1) Servicios de inspección de SOIVRE de las Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio 

2) Vía telemática: Solicitudes de control de calidad comercial (SOIVRE)