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Embalaje de madera / NIMF nº 15 

La madera en bruto se utiliza con frecuencia para el embalaje de madera lo que puede constituir una vía para la introducción y la diseminación de organismos nocivos. Por este motivo es indispensable que las empresas exportadoras conozcan los requisitos exigidos en terceros países a los embalajes de madera.

1) Países contratantes de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria

La Organización de la Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) adoptó en 2002 la Norma Internacional para Medidas Fitosanitarias NIMF nº15, revisada en el año 2009, relativa a la reglamentación del embalaje de madera utilizado en el comercio internacional. La norma describe las medidas fitosanitarias que disminuyen el riesgo de introducción y/o dispersión de plagas cuarentenarias asociadas con la movilización en el comercio internacional de embalaje de madera fabricado de madera en bruto.  Se aplica a todo tipo de embalaje de madera que pueda representar una vía para las plagas que suponen una amenaza principalmente para los árboles vivos. Esto incluye el embalaje de madera como jaulas, cajas, cajones, madera de estiba, paletas, tambores de cable y carretes, material que puede acompañar a casi cualquier envío, incluso los que normalmente no son objeto de inspección fitosanitaria. 

Las medidas fitosanitarias aprobadas que disminuyen considerablemente el riesgo de introducción y dispersión de plagas a través del embalaje de madera se recogen en el anexo I de la norma. Consisten en el uso de madera descortezada y de la aplicación de tratamientos térmicos o con bromuro de metilo. Por su parte en el anexo II de la norma se describe la marca que llevan aquellos embalajes de madera que han sido sometidos a un tratamiento fitosanitario aprobado en conformidad con la norma. 

Los países contratantes de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria deben aplicar a la importación las exigencias fitosanitarias previstas por esta norma. En este caso, las Organizaciones Nacionales de Protección Fitosanitaria de los países exportadores a los países que aplican la norma, deben poner en marcha un dispositivo de control de conformidad de los embalajes de madera utilizados en la exportación, supervisando la aplicación de los tratamientos, el uso de la marca y su aplicación. 

En España la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria es el Ministerio de Agricultura, Pesca, y Alimentación (Subdirección General de Sanidad e Higiene Vegetal y Forestal)  En su página web se recoge información de:

a) La legislación aplicable (NIMF nº 15; Orden AAA/458/2013, de 11 de marzo, por la que se establece la norma técnica fitosanitaria que deben cumplir los embalajes de madera y se regula el régimen de autorización y registro de los operadores de embalajes de madera) 

b) El listado empresas inscritas en el registro oficial de operadores de embalajes de madera (donde figuran aserraderos, fabricantes de embalajes de madera, empresas de reciclado/ refabricado o reparación de embalajes de madera, empresas que realizan el tratamiento térmico y todas las entidades que intervengan en cualquiera de las fases del proceso de fabricación de los embalajes de madera), y 

c) El listado de países miembros que ya han implementado la norma NIMF nº15 y exigen su cumplimiento

Se recuerda al operador que el cumplimiento de la norma NIMF nº15 (garantizado con embalajes que lleva la correspondiente marca) asegura el ingreso de los embalajes de madera en estos países. En caso de que el embalaje empleado no cumpla con la citada norma podría provocar que el embalaje sea tratado una vez retirado el producto que contiene, que el embalaje se destruya también tras la retirada del producto o incluso que se rechace la entrada del embalaje, o todo el envío, retornándolos al país de origen.  

(Norma Internacional para Medidas Fitosanitarias NIMF nº 15 =  International Standards For Phytosanitary Measure ISPM Nº15 = Norme Internationale pour les Mesures Phytosanitaires NIMP nº 15- ).

 

Nota aclaratoria: 

Unión Europea - Hay que tener en cuenta que la Unión Europea incorporó inicialmente los tratamientos fitosanitarios de la NIMF nº 15 a la legislación comunitaria mediante la modificación de la Directiva 2000/29/CE que entró en vigor el 1 de marzo de 2005 (Directiva 2015/15/CE). Esta Directiva no impone ningún tratamiento a los envases y embalajes y palets de madera utilizados en operaciones intracomunitarias, pero sí establece los tratamientos exigibles cuando aquéllos procedan de países no miembros de la Unión Europea. 

Los aspectos relativos al comercio intracomunitario se encuentran regulados en el Real Decreto 58/2005, de 21 de enero, por el que se adoptan medidas de protección contra la introducción y difusión en el territorio nacional y de la Comunidad Europea de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales, así como para la exportación y tránsito hacia países terceros. 

 

2) Resto de países

En el caso de que el país de destino no esté incluido en este listado de países que exigen NIMF nº15 es preciso conocer los requisitos fitosanitarios para la introducción de vegetales y productos vegetales según el país de destino, según las recomendaciones facilitadas en el portal del MAPA, en la sección de comercio exterior vegetal.

Por otro lado, la base de datos “Access2Markets” de la Dirección General de Comercio de la Comisión Europea también dispone de información sobre esta materia: 

https://trade.ec.europa.eu/access-to-markets/es/home

Se selecciona la partida arancelaria del producto, el país de origen y destino, y se revisa la sección ‘Procedimientos y trámites’ y a continuación en el apartado de “Panorama” es preciso revisar las referencias a embalajes de madera (normalmente en las secciones de “Packaging, marking and Labelling Requirements” o “Wood Packaging Material (WPM)”).

Finalmente, los interesados pueden recabar información directamente desde las autoridades competentes en materia de protección fitosanitaria. En la página de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria se incluyen los datos de los puntos de contacto: 

https://www.ippc.int/es/countries 
(Seleccionando el país de destino en el menú desplegable y revisando el apartado de “IPPC Official Contact Point”).

Más información:

- Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación:

Embalajes de madera. NIMF 15 (legislación, empresas inscritas y lista de países que exigen NIMF nº15) 

Subdirección General de Sanidad e Higiene Vegetal y Forestal

- Convención Internacional de Protección Fitosanitaria

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Listado actualizado de países que han implementado la norma