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Costa Rica

Los importadores costarricenses podrán pagar menos impuestos a la hora de nacionalizar su mercancía

15/04/2022 El Financiero

La Ley de Alivio Temporal por Costos de Transportes Marítimo para las Importaciones Nacionales, que entró en vigor el 30 de marzo, es una medida de alivio para mitigar el incremento de los costes de logística internacional provocado por la crisis logística global, iniciada por la pandemia y acentuada por la guerra de Ucrania.

Según publica El Financiero, como consecuencia directa de esta crisis, los precios siguen en alza, generando un impacto negativo en el comercio exterior mundial, y los principales puertos del mundo se enfrentan a una falta de buques y una reducción significativa de su productividad.

El objetivo de la ley es reducir la base imponible para el pago de impuestos asociados directamente a la nacionalización de mercancías y mitigar el impacto en la competitividad de los importadores. Al disminuir el valor del flete marítimo se logrará reducir la base de cálculo de los impuestos para nacionalizar las mercancías que ingresan a Costa Rica.

Según expertos consultores en esta materia, con esta medida los empresarios podrán pagar menos impuestos durante un año al importar mercancías por vía marítima con destino a Costa Rica, ya sea en contenedores o en carga general. Beneficia directamente a los importadores de mercancías e indirectamente podría trasladarse al consumidor final en el flujo de efectivo, ya que reduce otros gastos que toman como referencia el valor CIF (valor real de la mercancía en el momento de su despacho).

Para el cálculo del pago de impuestos en el momento de la nacionalización se lleva a cabo un promedio de los costes de fletes marítimos que existían previamente a la pandemia. Así, al calcular los impuestos que las mercancías deben pagar, se utiliza el valor del flete fijado en la ley y no el precio del flete que el importador pagó efectivamente, siempre que el primero sea menor.

Los valores de los fletes quedan divididos en dos grandes grupos, según dispone el artículo 1 de la Ley de Alivio Temporal por Costos de Transportes Marítimo: para la mercancía que se transporta en contenedores y para la carga general. Los valores promedio serán publicados próximamente por la Dirección General de Aduanas (DGA).

Esta determinación del flete marítimo regirá durante un año como máximo (hasta el 29 de marzo de 2023). Con todo, si la DGA determina que los costos de los fletes marítimos en el mercado son más bajos que los valores definidos en la ley, el Poder Ejecutivo podrá suspender la aplicación de la norma en cualquier momento anterior.

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