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El Gobierno argentino impone nuevas reglas para el calzado importado

09/04/2021 Infobae

A partir del 10 de abril quedará prohibida la importación definitiva y la comercialización en el mercado interno argentino del calzado importado que no cumpla con los nuevos requisitos establecidos.

La Secretaría de Comercio Interior de la República Argentina anunciaba, a través de la Resolución 316/2021 publicada en el Boletín Oficial, que los importadores de calzado estarán obligados a incorporar en las etiquetas de sus productos el sistema de numeración de tallas denominado “AR”, que será el utilizado en todo el país.

De esta manera, publica Infobae, las empresas que importen zapatillas, zapatos, botas u otros artículos similares para su venta en el mercado interior, deberán adaptarse a esta nueva norma y especificar el tamaño del calzado de acuerdo con la Norma Técnica IRAM 8604, que también afecta a los fabricantes locales.

No obstante, el documento oficial detalla que se podrá utilizar otra numeración u otras prácticas comerciales aceptadas en el ámbito internacional. Asimismo, menciona que aquellos afectados por esta nueva modificación tendrán hasta el día 31 de julio de 2021, como plazo máximo, para la adecuación a esta nueva exigencia.

Por su parte, la Dirección General de Aduanas será la responsable de controlar el cumplimiento de este requisito por parte de las empresas, las cuales solamente podrán ingresar este tipo de productos si siguen la normativa o si presentan un comprobante de aprobación del trámite de Adaptación al Mercado Local (AML).

Importación de calzado español en Argentina

A pesar de la pandemia, la cifra de importación del calzado español en Argentina ha alcanzado la cifra máxima en el periodo de los últimos tres años.

 

 

2018

2019

2020

Peso neto (Kg.)

4516,39

4167,75

6198,03

Monto CIF ($)

283 150,36

202 357,70

298 311,26

 

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