BECAS ACTIVAS

PRÁCTICAS EN EMPRESAS 2022

RESUMEN EJECUTIVO

PROGRAMA DE PRÁCTICAS EN EMPRESAS O ENTIDADES 2022

 


 

RESUMEN EJECUTIVO

Objetivo

Apoyar a las empresas en su proceso de internacionalización, facilitándoles el acceso al mejor talento joven en formación, y lograr su integración laboral a la finalización de las prácticas.

 

A quién va dirigido

Empresas y entidades constituidas en España con fuerte componente internacional, que presenten un plan estructurado con la formación que aportarán a la persona becada, competencias a desarrollar, y actividades formativas a realizar durante el periodo de prácticas. Éstas deberán desarrollarse en el ámbito de actuación internacional y estar tuteladas a través de la designación de una persona tutora responsable del cumplimiento y valoración del itinerario formativo de la persona becada.

La formación podrá realizarse en España o en el extranjero. En el caso de que la beca se desarrolle fuera de España es requisito obligatorio que las empresas estén implantadas en el exterior y dispongan de una persona tutora permanente en el destino propuesto. En caso de prácticas fuera de la Unión Europea es responsabilidad exclusiva de la empresa cerciorarse de la viabilidad de consecución de un visado en regla que permita la realización de prácticas en el país.

 

Financiación

DOTACIÓN ECONÓMICA. ICEX cubre el 50% de la dotación bruta anual si las prácticas se desarrollan en una PYME o entidad, y el 25% de la dotación bruta anual en caso de que se desarrollen en una GRAN empresa. Asimismo, cubre el coste del Seguro de accidentes y asistencia en viajes. La EMPRESA o ENTIDAD se hace cargo del 50 % de la dotación bruta anual si las prácticas se desarrollan en una PYME o entidad, y del 75% de la dotación bruta anual en caso de que se desarrollen en una GRAN empresa. La empresa o entidad también corre con los gastos de desplazamientos formativos de la persona becada, y obtención o renovación del visado, si los hubiere.

La dotación de las prácticas viene fijada por ICEX, no siendo un concepto negociable. Su importe oscila entre 19.000 € y 48.000 € brutos anuales en función del destino asignado. Esta dotación está sujeta a las correspondientes retenciones que conforme a la normativa vigente resulten de aplicación.

Presentación solicitudes

Nuevas empresas o entidades participantes: una vez registradas en el Portal de ICEX http://www.icex.es, podrán acceder al Programa y al formulario de inscripción en PRÁCTICAS EN EMPRESAS 2022.

• Empresas o entidades ya registradas: acceso directo al Programa y al formulario de inscripción en PRÁCTICAS EN EMPRESAS 2022.

Fecha de solicitud

 

Desde el 5 de julio hasta el 29 de septiembre de 2021.

Resolución solicitudes

 

Se comunicará a partir del 14 de diciembre de 2021.

Fecha de comienzo

 

La incorporación de la persona becada a la empresa o entidad se producirá a partir del mes de febrero de 2022.

Duración

 

12 meses

 

 


 

BECAS ICEX DE INTERNACIONALIZACIÓN (II FASE)

PROGRAMA DE PRÁCTICAS EN EMPRESAS O ENTIDADES 2022

ÍNDICE

1. OBJETIVOS DEL PROGRAMA

2. DURACIÓN

3. REQUISITOS

4. FINANCIACIÓN

5. CRITERIOS DE VALORACIÓN Y APROBACIÓN

6. ASIGNACIÓN DEL BECARIO A LA EMPRESA O ENTIDAD

7. MARCO DE REGULACIÓN

8. TRAMITACIÓN DEL PROGRAMA

9. DOCUMENTACIÓN NECESARIA

1. OBJETIVOS DEL PROGRAMA

La formación de personas se ha revelado como la pieza clave del éxito de cualquier proyecto empresarial, de ahí que ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E. (en adelante, ICEX) esté comprometido en acompañar a las empresas y entidades en sus procesos de internacionalización, facilitándoles el acceso al mejor talento joven en formación a través de su participación en el Programa de Prácticas en Empresas o Entidades.

El Programa de Prácticas en Empresas o Entidades (en lo sucesivo, el “Programa de Empresas”) tiene como objetivo último completar la formación y, finalmente, promover la inserción laboral de jóvenes profesionales que han concluido satisfactoriamente su primera fase de aprendizaje en el Programa de Becas de Internacionalización Empresarial de ICEX, tanto teórica como práctica. Se materializa mediante la posibilidad de realizar prácticas durante un (1) año en empresas o en entidades españolas con actividad internacional.

El Programa de Becas de Internacionalización Empresarial de ICEX tiene su base en la Resolución de 20 de febrero de 2019, por la que se convoca la concesión de ayudas a través de la convocatoria de las becas de internacionalización de ICEX para 2021. En dichas becas se prevé una segunda fase de formación para los becarios integrantes del programa en empresas y entidades vinculadas a la internacionalización, dentro y fuera de España.

Mediante su participación en el Programa de Empresas, ICEX facilita que 283 becarios y becarias que han concluido con éxito un intensivo proceso de formación puedan formar parte de sus proyectos internacionales. La formación teórico-práctica que estos jóvenes han recibido consiste en:

  1. • Un Máster Universitario en Gestión Internacional de la Empresa (MBA in International Management), de 75 créditos académicos, título oficial de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo e impartido en alianza académica por ICEX-CECO. El Máster es un programa de posgrado cuyo objetivo es proporcionar una sólida formación a las personas seleccionadas y dotarlas de las herramientas teóricas y prácticas vinculadas al proceso de internacionalización empresarial. Se imparte de forma bilingüe, en español e inglés, y pone un especial énfasis en los negocios y entornos digitales, así como en la internacionalización de servicios. 
  2. • La realización de prácticas sobre los distintos sectores y facetas del comercio exterior en las Oficinas Económicas y Comerciales de las Embajadas de España con una duración de 12 meses y distintos perfiles complementarios y no exclusivos de especialización (Internacionalización, Proyectos Tecnológicos, y Tecnologías de la Información –TI). Al final del periodo, y de forma general, las personas becadas han adquirido y desarrollado experiencia y conocimiento sobre los mercados internacionales, la operativa del comercio internacional y las necesidades reales de los empresarios españoles y locales.

 

2. DURACIÓN

El Programa de Empresas tendrá una duración de doce (12) meses, iniciándose a partir de febrero de 2022.

3. REQUISITOS

El Programa de Empresas está dirigido a las empresas y entidades que reúnan los siguientes requisitos:

  1. Que estén legalmente constituidas en España
  2. Que estén al corriente de las obligaciones tributarias con Hacienda y en los pagos a la Seguridad Social.
  3. Que tengan actividad comercial o productiva en el exterior o un plan estratégico en ejecución dirigido a la expansión y consolidación internacional. Asimismo, se valorará especialmente el impacto de ese plan sobre aspectos medioambientales y sociales recogidos en los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Organización de las Naciones Unidas.
  4. Que presenten un plan estructurado con el itinerario formativo que aportarán a las personas becadas, que contemple y detalle las competencias a desarrollar, funciones a realizar y una planificación de las actividades programadas para el periodo completo de las prácticas. Las prácticas se desarrollarán necesariamente en el ámbito de actuación internacional de la empresa o entidad y deben contar con la designación de una persona tutora responsable del cumplimiento y valoración del itinerario formativo.

Nota: La empresa o entidad informará responsablemente en el formulario de inscripción del cumplimiento del punto 2.

Las prácticas podrán realizarse en la sede de la empresa o entidad en España o en el exterior (si cumplen los requisitos expuestos a continuación).

- En el caso de que, a instancia de la empresa o entidad, la formación de la persona becada se vaya a desarrollar fuera de España, aquellas deberán reunir de forma obligatoria los siguientes requisitos:

  1. Disponer de implantación en el país, en cuyas instalaciones se desarrolle la formación; y
  2. Disponer de una persona tutora permanente en destino, responsable del seguimiento de la persona becada para medir el cumplimiento de los objetivos de formación de las prácticas.

- En el caso de que las prácticas se vayan a desarrollar fuera de la Unión Europea, la empresa o entidad deberá informarse, con carácter previo a la inscripción y selección del país, sobre la viabilidad de obtener un visado en regla que permita el desarrollo de las prácticas y de los requisitos necesarios para su obtención. La competencia para la expedición de visados recae en los Consulados del país en España.

 

4. FINANCIACIÓN

 

4.1) DOTACIÓN DEL BECARIO

La dotación bruta anual de las prácticas viene fijada por ICEX, no siendo un concepto negociable: en la presente edición la dotación bruta anual estará comprendida entre 19.000 € (mínimo) y 48.000 € (máximo) en función del país y ciudad de destino asignado. De esta dotación se detraerán la correspondiente retención fiscal y la cuota por cotización a la Seguridad Social aplicables a la persona becada según la legislación vigente.

La dotación bruta anual asignada se actualizará de conformidad con la Resolución que ICEX tenga en vigor sobre el procedimiento de actualización de las dotaciones económicas brutas de los programas de Becas de Internacionalización (actualmente la Resolución en vigor es la de 21 de octubre de 2019).

A. CONCEPTOS ASUMIDOS POR ICEX:

  • La dotación económica de la persona becada durante los seis (6) primeros meses de las prácticas como mínimo en el caso de que éstas se desarrollen en una PYME(1) o entidad. El importe mínimo de la dotación mencionada supone el cincuenta por ciento (50%) de la dotación anual. 
  • La dotación económica de la persona becada durante los noventa (90) primeros días naturales de las prácticas como mínimo en el caso de que éstas se desarrollen en una Gran EMPRESA(2). El importe mínimo de la dotación mencionada supone el veinticinco por ciento (25%) de la dotación anual.

B. CONCEPTOS ASUMIDOS POR LA EMPRESA O ENTIDAD:

  • La dotación económica de la persona becada desde el séptimo mes, y durante los seis (6) meses restantes de prácticas como máximo, en el caso de que éstas se desarrollen en una PYME (1) o entidad. El importe máximo de la dotación mencionada supone el cincuenta por ciento (50%) de la dotación anual.
  • La dotación económica de la persona becada desde el día 91, esto es, durante los 270 días naturales de prácticas restantes como máximo, en el caso de que éstas se desarrollen en una Gran EMPRESA (2). El importe máximo de la dotación mencionada supone el setenta y cinco por ciento (75%) de la dotación anual.

[1] Anexo I del Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea: La categoría de microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) está constituida por las empresas que ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros.

[2] Artículo 2 del citado Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014, que define la GRAN empresa como toda empresa que no cumple los criterios establecidos en el Anexo I.
 

 

4.2) SEGURO DE ACCIDENTES Y DE ASISTENCIA EN VIAJE [1]

 

ICEX contrata y cubre el 100% del importe del seguro por concepto de accidentes y de asistencia en viaje durante el período de vigencia de las prácticas.

 

[1]  La cobertura de la póliza es efectiva durante el tiempo de desarrollo de actividades relacionadas con el desempeño de las prácticas. En destinos del Espacio Económico Europeo o en previsión de desplazamientos a esa zona, se deberá estar en posesión de la Tarjeta Sanitaria Europea.

 

4.3) TRANSPORTE DE IDA Y VUELTA AL DESTINO EN EL EXTERIOR Y VIAJES DE FORMACIÓN

 

La empresa o entidad sufraga el importe del transporte de ida y vuelta de la persona becada al destino asignado en los siguientes casos:

  • Cuando las prácticas se realicen fuera de España; o
  • Cuando el desplazamiento desde la ciudad de residencia de la persona becada a la sede de la empresa o entidad, dentro de España, requiera trayecto aéreo.

Asimismo, la empresa/entidad sufraga los gastos ocasionados por los desplazamientos que la persona becada deba realizar debido a su actividad y del plan de formación propuesto por la empresa/entidad durante la duración de las prácticas.
 

4.4) VISADO (solo para prácticas realizadas en países que requieran la obtención de un visado de permanencia)

Es responsabilidad exclusiva de la empresa o entidad cerciorarse, antes de formalizar la inscripción al Programa de Empresas, de que no existen impedimentos administrativos para la obtención de un visado en regla que permita el desarrollo de las prácticas en el país de destino propuesto por la empresa o entidad.

Además de lo anterior, las empresas o entidades deberán observar la siguiente información:

  • Proporcionar a la persona becada la documentación pertinente para la obtención del correspondiente visado.
  • Asumir los costes de expedición o renovación del visado.
  • Las competencias en la concesión de visados recaen en los consulados de cada país.

Ningún desplazamiento a destino de personas becadas podrá realizarse sin el visado adecuado o en situación irregular. Si se evidenciara que no se han adoptado todas las medidas necesarias para que el visado obtenido por la persona becada permita el desarrollo completo del período formativo en destino, la empresa o entidad deberá adoptar las medidas necesarias para que la misma pueda desarrollar la formación práctica en la sede de la empresa o entidad en España, o en otro país donde disponga de implantación.  

 

5. CRITERIOS DE VALORACIÓN

El Departamento de Becas, con el asesoramiento de la Comisión de Becas, seleccionará y asignará el número de solicitudes de personas becadas correspondientes a cada empresa, entidad con arreglo a los siguientes criterios:

  • a) La calidad e idoneidad del Plan de Formación presentado, que necesariamente deberá desarrollarse en el área internacional de las empresas o entidades e incluirá la siguiente información:

• Formación que aportará la empresa o entidad en el momento de la incorporación de la persona becada para facilitar su integración y el perfil de la persona tutora asignada.

• Desarrollo de habilidades y competencias.

• Planificación de tareas y actividades formativas programadas durante las prácticas.

• Recursos materiales y técnicos puestos a disposición de la persona becada.

• Acciones de seguimiento y control.

• Impacto en los principios de género y medioambientales y sociales descritos en los objetivos de desarrollo sostenible de la Organización de las Naciones Unidas.

  • b) La oportunidad de que las prácticas se realicen fuera de España (siempre que se cumplan los requisitos exigidos en el apartado 3 anterior -del Programa relativos a Implantación y Tutor).
  • c) La política de integración de las personas becadas en la estructura de la empresa con carácter de permanencia, en el caso de empresas o entidades.

La Comisión de Becas, constituida en la Convocatoria de Becas de Internacionalización Empresarial 2021, está facultada para solicitar la comparecencia de la empresa o la entidad y la aportación de la información que se considere pertinente.

El número de empresas o entidades que puede finalmente participar en el Programa de Empresas estará limitado por la oferta de personas becadas disponibles, por lo que la selección se realizará en virtud del número de personas becadas y solicitudes recibidas, a aquellas empresas o entidades cuya solicitud refleje una mayor coherencia con los objetivos del Programa de Empresas.


6. ASIGNACIÓN DEL BECARIO A LA EMPRESA O ENTIDAD

La Comisión de Becas aprobará la lista de solicitudes de empresas y entidades aceptadas para la realización de las prácticas.

La Comisión de Becas comunicará a las empresas o entidades la aprobación o rechazo de la/s solicitud/es, a partir del 14 de diciembre de 2021, remitiendo asimismo las instrucciones sobre el procedimiento de materialización de las prácticas.

Las empresas o entidades cuya solicitud haya sido aprobada, dispondrán de acceso a los currículos de las personas becadas que participan en el Programa de Empresas.

Las empresas o entidades no revelarán la información confidencial obtenida o puesta en su conocimiento por ICEX en relación con las personas becadas, y se comprometerán a respetar los principios y disposiciones contenidos en la vigente normativa sobre protección de datos personales.

Para iniciar el proceso de selección de las personas candidatas, las empresas o entidades podrán establecer el contacto por vía telefónica, correo electrónico, entrevista personal, video conferencia, etc. En el caso de optar por la realización de entrevista personal, téngase en cuenta que los gastos de desplazamiento de la persona becada al lugar de la entrevista, si los hubiere, serán siempre por cuenta de la empresa o entidad. La autorización del gasto –y su forma de liquidación- deberá quedar explícitamente acordada entre empresa o entidades y la persona becada antes de producirse tal desplazamiento.

La fecha límite de vinculación entre empresa o entidad y la persona becada a través del Portal de ICEX es el 15 de febrero de 2022.

Una vez alcanzado el acuerdo por ambas partes, la Consejera Delegada de ICEX, a propuesta de la Comisión de Becas, aprobará y comunicará la asignación de destinos. El listado de personas becadas, una vez concedida la ayuda, será objeto de publicación en el apartado de Ayudas concedidas dentro del Portal de ICEX (www.icex.es).

 
7. MARCO DE REGULACIÓN
 

 

  • Las obligaciones, derechos y régimen de responsabilidad entre ICEX, la empresa o entidad y la persona becada se recogerán mediante un documento denominado 'Compromiso de Prácticas' [3].

[3] Este documento se encuentra a disposición de las empresas o entidades interesadas en este Programa que lo soliciten, a efectos valorativos o informativos.

  • El 'Compromiso de Prácticas' deberá ser firmado por la persona responsable de la empresa o entidad, antes del inicio de la formación. Por cuestiones de organización y racionalización de las prácticas, éstas podrán iniciarse a partir de marzo y la fecha de formalización deberá coincidir necesariamente con los días 1 o 15 de mes, o primer día hábil de cada quincena a partir de abriL.
  • Además del citado 'Compromiso de Prácticas' que regula las relaciones entre las partes (persona becada/ICEX/empresa o entidad), la empresa o entidad deberá cumplimentar inexcusablemente y con carácter trimestral un Informe de Evaluación de la persona Tutora, a través de la página web de ICEX. En el tercer trimestre del desarrollo de las prácticas, deberá además indicar las posibilidades de incorporación de la persona becada a la plantilla de la empresa o entidad, una vez finalizado su periodo de formación. 
  • El incumplimiento de esta obligación podrá ser tenido en cuenta para desestimar las solicitudes que las empresas o entidades incumplidoras realicen de personas becadas en futuras ediciones.
  • En caso de proceder la empresa o entidad a la finalización unilateral de las prácticas, durante su desarrollo, ésta asume el compromiso de satisfacer a ICEX el 50% del importe de la dotación que haya sido abonada por ICEX hasta ese momento.
  • Si la causa de la extinción obedece al acuerdo entre empresa o entidad y persona becada para iniciar una relación laboral, o si mediase acuerdo entre empresa o entidad e ICEX sobre la procedencia de la finalización propuesta por la empresa o entidad por incumplimiento de la persona becada o por cualquier otro motivo, no será de aplicación lo expuesto en el párrafo anterior.
  • En caso de concurrir circunstancias excepcionales que hicieran aconsejable la adopción de medidas adicionales no previstas en el Programa de Empresas y que redunden en beneficio de PYMES y personas becadas, ICEX, a través de Resolución dictada por su consejera delegada, podrá incluir las medidas correctivas necesarias para salvar esas cuestiones no previstas en las condiciones de participación.

 

8. TRAMITACIÓN DE LA SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN EL PROGRAMA DE EMPRESAS  

Las solicitudes podrán presentarse desde el día 5 DE JULIO DE 2021 hasta las 14:00 horas del día 29 DE SEPTIEMBRE DE 2021.

La solicitud de participación en el Programa de Empresas se realizará por la empresa/entidad constituida en España.

  • La presentación de solicitudes deberá efectuarse cumplimentando el formulario disponible en el área de Becas 'Formulario de inscripción en el Programa Prácticas en Empresas 2022'.
  • En el caso de solicitar más de una persona becada, se deberán presentar para cada persona becada solicitada, los datos requeridos en el formulario de inscripción.
  • El hecho de inscribirse, participando así en el proceso de solicitud de una persona becada ICEX, supone la aceptación de las bases del Programa de Empresas y los procedimientos aquí descritos.
  • Procedimiento ante incidencias y consultas: Las consultas relativas al contenido del 'Programa de Empresas' o cualquier incidencia de tipo técnico que surja durante el proceso de inscripción, deberán dirigirlas a la dirección de correo electrónico de Ventana Global (información@icex.es), o al teléfono de ICEX (+34) 91 349 71 00 (Horario de atención: de 9:00 h a 17:00 horas GMT+1, de lunes a jueves y viernes de 9:00 h a 15 horas GMT+1. En verano (-julio y agosto-) de 9:00 h a 15:00 h).


9. DOCUMENTACIÓN NECESARIA TRAS LA FINALIZACIÓN DE LAS PRÁCTICAS

Finalizado el periodo de duración de las prácticas, y en el plazo máximo de un (1) mes desde la fecha de su finalización, la empresa o entidad presentará una Declaración firmada y sellada por su responsable con:

  • El desglose mensual de los pagos realizados a la persona becada en concepto de dotación, fijada en el “Compromiso de Prácticas”, durante el periodo financiado por la empresa o entidad.
  • El importe de las retenciones que, conforme a la normativa aplicable, hubieran sido realizadas e ingresadas, junto con la cotización a la Seguridad Social aplicada. Es obligación de la empresa o entidad gestionar las correspondientes alta y baja en la Seguridad Social al inicio y fin del periodo en el que asume el pago de la dotación de las prácticas (Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social y demás legislación que pudiera resultar de aplicación).

Esta documentación deberá ser enviada por correo electrónico a la dirección becas@icex.es.

 


En Madrid, en la fecha de la firma electrónica

 

María Peña Mateos
Consejera delegada de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E.
(Real Decreto 848/2018, de 6 de julio «BOE núm. 164 de 7 de julio de 2018»)