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Fecha última actualización: 26/02/2021

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3. Sistema fiscal

3.1 Impuesto de sociedades y otros impuestos

CONCEPTOTASA IMPOSITIVA

Impuesto Industrial (Impuesto de Sociedades)

La tasa general del impuesto industrial es del 30%.

Hay una tasa única del 15% exclusivamente para las actividades agrícolas, acuícolas, avícolas, silvícolas, pesca y pecuaria.

Ley nº  21/14 de 22 de octubre.

Contribución Especial sobre las Operaciones Cambiales de Invisibles corrientes 

La tasa de contribución especial es del 10% sobre el valor de la transferencia efectuada. La liquidación de la contribución especial es efectuada por el sujeto pasivo en los servicios tributarios competentes, antes del procesamiento por las instituciones financieras de la transferencia sujetas a la contribución, debiendo el respectivo pago ser realizado mediante la presentación del Documento de Liquidación de Impuestos (DLI) donde se encuentra discriminado el valor tributable.

Incide sobre las transferencias efectuadas en el ámbito de los contratos de prestación de servicios de asistencia técnica extranjera o de gestión, regulados por las disposiciones del regularmente sobre la Contratación de Prestación de Servicios de Asistencia Técnica Extranjera o de Gestión, aprobado por el Decreto Presidencial n.º 273/11, del 27 de octubre. 

No están sujetas a esta Contribución Especial sobre las operaciones cambiales de invisibles corrientes las demás operaciones cambiales de invisibles corrientes reguladas en el Decreto n.º21/98 del 24 de julio, como salarios, intereses y royalties.

Impuesto de Consumo

N/A

Impuesto de Sisa sobre la Transmisión de Inmuebles

La tasa del impuesto de sisa es del 2%.

Diploma Legislativo nº 230. Modificaciones introducidas por la Ley nº 16/11 de 2º de abril.

Impuesto Predial Urbano

Grava el rendimiento efectivo o potencial de los inmuebles urbanos.

La tasa efectiva para los inmuebles alquilados es del 15% (25% sobre el 60% de los lucros).

Para los inmuebles no alquilados la tasa varía según el valor inmobiliario, quedando así:

- Inmuebles con un valor inmobiliario de hasta 5.442,06 €, la tasa es del 0,1%

- Inmuebles con un valor inmobiliario entre 5.442,06 € y 6.530,47 €, la tasa es de un valor fijo de 5,44 € 

- Inmuebles con un valor inmobiliario superior a 6.530,47 € (sobre el exceso de 5.442,06 €), la tasa es del 0,5%

Diploma Legislativo nº4044. Modificaciones introducidas por la Ley nº18/11 de 2º de abril.
Impuesto de Sello

Incide sobre aquellos documentos u operaciones listados en la Tabela Geral do Imposto de Selo con tasas comprendidas entre el 0% y el 7%

Decreto Legislativo Presidencial nº 3/14 de 21 de octubre.

IVA

Por recomendación del Fondo Monetario Internacional, el IVA se implementó en Angola para reemplazar el Impuesto de Consumo, habiendo entrado en vigor el 1 de octubre de 2019.

La tasa de impuesto es única, del 14%.

Contribuciones a la Seguridad Social

Tasas para los trabadores por cuenta ajena:

Entidad Empleadora: 8%

Trabajador: 3%

Decreto nº38/08 de 10 de Junio- Contribución de Protección Social Obligatoria.

Tasas para los trabajadores por cuenta propia:

Régimen Normal: 8%

Régimen amplio (cubre enfermedades, maternidad y subsidio de fallecimiento): 11%

Decreto nº42/08 de 3 de julio- Trabajadores por cuenta propia.

Fuentes: Ministerio de Finanzas. Administración General Tributaria: www.agt.minfin.gov.ao

Guía Fiscal Deloitte 2019.

3.2 IRPF

CONCEPTOPORCENTAJE

Impuesto sobre los Rendimientos del Trabajo

Escalon (sueldo mensual)

Impuesto
 Mínimo  Máximo  Valor fijo  Tipo aplicable al exceso
0 € 76,18 € 0 €  0%
76,18 € 108,84 € 3,26 € 10% del exceso de 76,18 €
108,84 € 163,26 € 6,53 € 13% del exceso de 108,84 €
163,26 € 217,68 € 13,60 € 16% del exceso de 163,26 €
217,68 € 326,52 € 34,01 € 18% del exceso de 217,68 €
326,52 € 544,20 € 53,60 € 19% del exceso de 326,52 €
544,20 € 1.088,41 € 95,50 € 20% del exceso de 544,20 €
1.088,41 € 1.632,61 € 203,80 € 21% del exceso de 1.088,41 €
1.632,61 € 2.176,82 € 317,81 € 22% del exceso de 1.632,61 €
2.176,82 € 2.721,03 € 437,81 € 23% del exceso de 2.176,82 €
2.721,03 € 5.442,06 € 562,98 € 24% del exceso de 2.721,03 € 
5.442,06 € 10.884,12 € 1.216,02 € 24,5% del exceso de 5.442,06 € 
Más de 10.000.001,00 Kz   

2.549,33 €

25% del exceso de 10.884,12 € 

Beneficios y deducciones fiscales

Los trabajadores por cuenta propia sólo tributan por el 70% de sus ingresos

Fuente: Código do Imposto sobre os Rendimentos do Trabalho. Ley General del Trabajo de 15.06.2015.

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